Por Adrian Marcelo Huerta

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2012

POR

ADRIAN MARCELO HUERTA

Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Primera Nominación Rosario, autos: YACONO EDUARDO J. s/QUIEBRA, Expte. 1806/2001, (Demandado D.N.I. N° 8.444.022), Martillero Adrián Marcelo Huerta (C.U.I.T. Nº 20178189116), venderá en pública subasta, el día 01 de junio de 2012 a las 16,30 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, Rosario, si resultare inhábil y/o razones de fuerza mayor, se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar, siguiente inmueble: Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, ubicado en Av. Pellegrini esquina Felipe Moré, según plano N° 49548/1942, designado como Lote 101 de la Manzana 374 y mide 12,58 m. de frente al Norte por 19.19 m. de fondo. Tiene una superficie de 241,4102 m2 y linda: por su frente al Norte con la Av. Pellegrini, por su frente al Este con la calle Felipe Moré, al Sur con parte del lote 109 y al Oeste con el lote N° 102. Dominio inscripto al Tomo N° 713, Folio Nº 28, N° 341332, Dto. Rosario. Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre del demandado. Embargos: al T° 118E, F° 6336, Nº 398372 de fecha 11/12/09, monto $15.000, autos “Yacono Construcciones S.R.L. c/Otros s/Acción de responsabilidad social. Hipotecas: No posee. Inhibiciones: T° 12 IC, F° 959, N° 414121 de fecha 18/12/02 por los autos del rubro. El inmueble saldrá a la venta de la siguiente manera: con la base de $ 221.000.- en el estado de ocupación en que se encuentra (desocupado), conforme acta de constatación que obra agregada a autos. Seguidamente, y si no hubiera postores, con retasa del 25%, o sea, $ 165.750.- y se tampoco hubiera postores, con última base de $ 44.200.- En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio ofrecido o cheque certificado, con más la comisión de ley, al martillero. Con relación al saldo de precio, el mismo deberá ser abonado dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta. Caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa pasiva promedio mensual capitalizable cada treinta días que pública el Banco Central. Todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C. y si intimado no efectúa el pago, se dejara sin efecto la venta. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá denunciarse el nombre y...

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