POR ADRIÁN JORGE PARODY

Fecha02 Enero 2018
Número de registro362500
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por orden del Sr. Juez de Primera Instancia, en lo Civil Comercial y Laboral Nº 7 de la 2da. Nominación de Casilda, Dr. Gerardo Marzi, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos: “RUBICINI S.R.L. s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra” ( Expte. 668/2013), se ha dispuesto que el Martillero Adrián Jorge Parody (Mat. 1696-P-157-CUIT 20-20408642-8) venda en pública subasta el día 14 de agosto de 2018 a las 10,00 hs., en el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito. Civ. Com y Lab. Nº 7 de la 2da. Nom. de Casilda, y de resultar inhábil el fijado o por causa de fuerza mayor, el día hábil posterior misma hora y lugar, el siguiente bien: un lote de terreno situado en la ciudad de Casilda, Dpto. Caseros, Pcia. de Santa Fe, designado como lote 8 en el plano y mensura y subdivisión insc. bajo el N° 172.324 año 2013,confeccionado por el Agr. Jorge Alberto Baetti e insc. en la Direc. Gral. de Catastro, Dpto. Topog. Deleg. Rosario. Sta Fe, con las siguientes medidas y linderos: 13,70 mts. en su frente al SE, lindando con el Lote A, mismo plano;28 mts. en su costado N.E., lindando con lote 7 de igual plano, 13,70 mts. al N.O., lindando con lote 5 de igual plano y 28 mts. en su lado S.O. Lindando con propiedad de Enrique Pescio. Superficie 383,60 m2. Dominio: Matrícula 18-4655 Dpto. Caseros. El bien saldrá a la venta, con la Base de $ 250.000; con Retasa del 25% y Ultima Base del 20% de la Base. Quien resulte comprador abonará en el acto de la subasta el 20% del precio total de compra. Con más el 3% de comisión de ley al Martillero en dinero efectivo y/o cheque certificado, sirviendo el Acta de Subasta de formal recibo del pago de la misma. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente en el Nuevo Banco de Santa Fe, Agencia Casilda, en una cuenta Judicial a la orden de este Juzgado y para éstos autos, dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, bajo apercibimientos del art.497 del CPCC. El inmueble sale a la venta en las condiciones de ocupación que surge del acta de constatación agregadas en autos. Los impuestos, tasas y contribuciones y servicios que se adeudaren serán a cargo del comprador, así como los gastos del impuesto de transferencia, y del I.V.A. si correspondiere, son a cargo del adquirente a partir del auto declarativo de quiebra ( 15/06/15). Además los gastos por sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en...

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