ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA TINOGASTA

Fecha de publicación09 Octubre 2019
SecciónAvisos Oficiales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA TINOGASTA


En los términos del art. 417 de la Ley N° 22.415 Código Aduanero, se comunica a quienes acrediten derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación se detalla a continuación, que podrán solicitar al respecto alguna de las destinaciones autorizadas, dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la presente publicación, conforme lo establece el art. 418 de la norma indicada, sin perjuicio del pago de las multas que correspondieren según art. 218 y 222 de la misma Ley; bajo apercibimiento de declarar el abandono de dichos bienes a favor del Estado Nacional, de acuerdo con el art. 421 y concordantes del citado texto legal. A...

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