ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE IGUAZU
Fecha de disposición | 15 Mayo 2012 |
Fecha de publicación | 15 Mayo 2012 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Martes 15 de mayo de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.397 22
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.
Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su
competencia.
Que de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modicacio-
nes) y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997
y por la Disposición Nº571/06 (AFIP) del 13 de septiembre de 2006, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1º — Desígnase como Agentes Noticadores para que actúen conforme a la Ley Nº11.683
(texto ordenado en 1998 y sus modicaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata,
a los agentes Mariela Elisabeth ALVAREZ (Legajo Nº40.889/15 - D.N.I. Nº30.025.322), Laura Alejandra
BERGERO (Legajo Nº42.765/65 - D.N.I. Nº12.016.685), Mirta Susana CALVO (Legajo Nº27.784/01 -
D.N.I. 12.097.109), María Florencia CAMUSSI (Legajo Nº39.498/66 - D.N.I. Nº26.346.255), Gabriel Hugo
COEN (Legajo Nº37.325/19 - D.N.I. Nº14.393.794), María Eugenia DE LA SOTA (Legajo Nº39.629/14
- D.N.I. Nº 21.449.040), María Verónica ECHEVARRIA (Legajo Nº 24.442/72 - D.N.I. Nº 10.571.078),
Graciela Delia FERNANDEZ (Legajo Nº23.703/65 - D.N.I. Nº13.551.892), Miriam Mabel FERNANDEZ
(Legajo Nº26.073/98 - D.N.I. Nº13.878.702), Guillermina Lorena FROLA (Legajo Nº39.752/84 - D.N.I.
Nº23.776.509), Andrea Mabel GONZALEZ GUEREÑO (Legajo Nº31.724/81 - D.N.I. Nº17.363.148),
Marcela Albertina IGLESIAS (Legajo Nº26.078/56 - D.N.I. Nº13.089.092), Néstor Marcelo IMPERIALE
(Legajo Nº73.280/17 - D.N.I. Nº16.396.580), Fabiana Alejandra LOPEZ (Legajo Nº91.616/48 - D.N.I.
Nº18.367.735), Silvia Patricia MARÍN (Legajo Nº28.817/85 - D.N.I. Nº13.836.252), Carlos Enrique MEHR-
BALD (Legajo Nº28.853/80 - D.N.I. Nº12.076.352), Diana Emilia MINVIELLE (Legajo Nº40.802/52 - D.N.I.
Nº14.318.165), Liliana Raquel NUÑEZ (Legajo Nº90.656/76 - D.N.I. Nº13.916.200), Daniela Laura POR-
DOMINGO (Legajo Nº35.558/86 - D.N.I. Nº20.330.181), Pablo Antonio ROMEO (Legajo Nº39.114/93 -
D.N.I. Nº25.376.976), Claudia Noemí SALAZAR (Legajo Nº36.734/54 - D.N.I. Nº16.012.368), Julio César
SALICHE (Legajo Nº35.755/71 - D.N.I. Nº18.042.336), María Alejandra SAUER (Legajo Nº40.265/88 -
D.N.I. Nº25.470.804), Esteban SCHEGGIA (Legajo Nº41.670/90 - D.N.I. Nº28.293.026), Regina Andrea
SIRI (Legajo Nº35.855/84 - D.N.I. Nº21.922.872), Sebastián VICENTE (Legajo Nº73.524/27 - D.N.I.
Nº23.478.633), Daniel Gustavo VIRGOLINI (Legajo Nº27.721/06 - D.N.I. Nº13.552.428) y José Augusto
VISCA (Legajo Nº41.736/26 - D.N.I. Nº29.593.788).
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-
gistro Ocial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL R. TONINELLI, Director General, Dirección General
Impositiva, AFIP. e. 15/05/2012 Nº51266/12 v. 15/05/2012
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº46/2012
Prórroga Habilitación Provisoria Puerto SHELL CAPSA. Arroyo Seco. Aduana de Rosario.
Bs. As., 9/5/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº12542-6-2010/51 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, la rma SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO S.A. (CUIT
Nº30-50672680-4) solicita una prórroga de la habilitación aduanera provisoria otorgada mediante
Resolución Nº39/12 (SDG OAI), al solo efecto de atender operaciones de carga y descarga de hidro-
carburos líquidos y productos anes, del sector de atraque del puerto de su propiedad, ubicado a la
altura del km TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA (394,5) margen derecha del
Río Paraná, localidad de Arroyo Seco, provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de Rosario.
Que en Actuación SIGEA Nº12542-6-2010 se encuentra acreditado que la habilitación denitiva
en el marco de la Ley Nº24.093 del citado puerto tramita ante la Secretaría de Transporte (Expedien-
te NºS01:0230934/2002).
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos, Planicación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación opor-
tunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de VEINTE (20) días corridos, a contar
desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº39/12 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Dispo-
sición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria otorgada al sector de atraque
del puerto de la rma SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO S.A. (CUIT Nº30-50672680-
4), ubicado a la altura del km TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA (394,5) mar-
gen derecha del Río Paraná, localidad de Arroyo Seco, provincia de Santa Fe, jurisdicción de la
Aduana de Rosario, por el término de VEINTE (20) días corridos, a contar desde el vencimiento del
plazo conferido por Resolución Nº39/12 (SDG OAI), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial
para su publicación y publíquese en el Boletín Ocial de esta Dirección General. Tome conocimiento
la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Rosario
para su conocimiento y noticación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección
General de Operaciones Aduaneras del Interior. e. 15/05/2012 Nº51943/12 v. 15/05/2012
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
ADUANA DE RIO GRANDE
Se notica a la Sra. CARRANZA ANALIA LEONOR, DNI 22.931.497, que en el sumario contencioso
SA49-175/2008, tramitado ante la Aduana de Río Grande, se ha resuelto CORRER VISTA por el término
de diez días hábiles, por ser presunto responsable de la infracción prevista y penada por el Art. 970 del
C.A., a n de que presente su defensa, ofrezca pruebas y agregue documental, lugar o la persona en cuyo
poder se encontrare, todo ello en los términos del art. 1101 del citado código, bajo apercibimiento de ser
declarado REBELDE y el procedimiento continuara su curso aun sin su intervención, conforme lo prescripto
por el art. 1105 del C.A. En la primera presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de
esta Aduana (art. 1104 C.A.). En caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona el represen-
tante deberá acreditar personería en los términos del art. 1030 y siguientes del citado código. A los nes de
acogerse a los benecios de la extinción de la acción penal previsto en el art. 930/932 del código Aduanero
deberá abonar en el plazo para contestar la vista la suma de $ 68.404,30 (PESOS SESENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS CUATRO CON 30/100) en concepto de tributos, siendo el presente suciente acto de
noticación. — Lic. SANDRA C. PAGNUSSAT, Administradora Aduana de Río Grande sita en la calle 20 de
Junio Nº450 de dicha ciudad, en la provincia de Tierra del Fuego (CP 9420).
e. 15/05/2012 Nº52564/12 v. 15/05/2012
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
ADUANA DE RIO GRANDE
La Aduana de Río Grande, conforme lo instruye el art. 417 del Código Aduanero, comunica a
quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías involucradas en las actuaciones que a con-
tinuación se detallan, que de no mediar objeción legal dentro del plazo de treinta (30) días corridos
a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderías
en lista de la próxima subasta (Art. 419 C.A.) y/o se pondrán en disposición de la Secretaría General
de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley 25.603. A dichos efectos, los inte-
resados deberán presentarse en esta Dependencia, sita en la calle 20 de Junio 450 de la ciudad de
Río Grande, Pcia. de Tierra del Fuego. Quedan debidamente noticados.
ACTUACION SIGEA 12827-22-2012 12827-23-2012
NºDOCUMENTO 10049IDA4000010U 10049IDA4000044D
INTERESADO PANETTA GUSTAVO OMAR PANETTA GUSTAVO OMAR
C.U.I.T. 20-17062524-3 20-17062524-3
DESCRIPCION DE LA
MERCADERIA
DOS VEHICULOS MARCA SUZUKI,
UNO MODELO GRAN VITARA Y UNO
MODELO SWIFT
CUATRO CAMIONETAS MARCA
MITSUBISHI MODELO L200
NºVIN JS3TD04V7B4611406
JS2ZC21SXB5554667
MMBJNKB409D045284
MMBJNKB409D045283
MMBJNKB409D045253
MMBJNKB409D014891
Lic. SANDRA C. PAGNUSSAT, Administradora de la Aduana de Río Grande, Dirección Regional
Aduanera Comodoro Rivadavia. e. 15/05/2012 Nº52566/12 v. 15/05/2012
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION REGIONAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA COMODORO RIVADAVIA
ADUANA DE RIO GRANDE
Se notica al Sr. WEST CARLOS GERMAN D.N.I. 25.121.315 y a la Sra. SILVINA BEATRIZ FORNI-
GLIA D.N.I. 26.958.491 que en el sumario contencioso SA49-118/2009, tramitado ante la Aduana de Río
Grande, se ha resuelto CORRER VISTA por el término de diez días hábiles, por ser presunto responsable
de la infracción prevista y penada por el Art. 970 del C.A., a n de que presente su defensa, ofrezca
pruebas y agregue documental, lugar o la persona en cuyo poder se encontrare, todo ello en los térmi-
nos del art. 1101 del citado código, bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE y el procedimiento
continuara su curso aun sin su intervención, conforme lo prescripto por el art. 1105 del C.A. En la primera
presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (art. 1104 C.A.). En caso
de concurrir a estar a derecho por interpósita persona el representante deberá acreditar personería en
los términos del art. 1030 y siguientes del citado código. A los nes de acogerse a los benecios de la
extinción de la acción penal previsto en el art. 930/932 del Código Aduanero deberá abonar en el plazo
para contestar la vista la suma de $ 19.595,62 (PESOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y
CINCO CON 62/100) en concepto de tributos, siendo el presente suciente acto de noticación. — Lic.
SANDRA C. PAGNUSSAT, Administradora Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio Nº450 de
dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego (C.P. 9420).
e. 15/05/2012 Nº52570/12 v. 15/05/2012
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE IGUAZU
VISTO LA INSTRUCCION DEL PRESENTE SUMARIO CONTENCIOSO, y atento el estado de autos,
CORRASE VISTA y cítese a la persona que más abajo se detalla, para que en el perentorio plazo de (10)
diez días hábiles perentorios comparezca en el Sumario Contencioso respectivo, a presentar defensa y
ofrecer pruebas que hagan a sus dichos y acompañen la documental que estuvieren en su poder. Si no
la tuviere, la individualizará indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare (art.
1101 C.A.), todo ello bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE (art. 1105 C.A.). Asimismo deberá
constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento (Art. 1004, 1005 y 1013
inc. g) del C.A). En caso de comparecer por interpósita persona, deberán hacerlo en los términos del art.
1030 del C.A. En las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el
patrocinio letrado (art. 1034 C.A.). Que atento a la infracción que se les imputa, tienen el derecho de gozar
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