Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Julio de 2002, expediente P 74455

Presidentede Lázzari-Salas-Pettigiani-Roncoroni-Soria
Fecha de Resolución10 de Julio de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Dictamen de la Procuración General:

Contra la sentencia de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal que revocara la absolutoria que favorecía aA.M.A.y lo condenara a dos meses de prisión -en suspenso- con más las exigencias del art. 27 bis incs.1º y 3º del Código Penal por el término de dos años con costas, como autor responsable de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar -art. 1º Ley 13.944- (fs. 94/98) deduce recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el Defensor Oficial del imputado (fs. 105/108).

Denuncia violación de los arts. 73 y 76 del Código Penal y de la Ley 13.944.

Opino que el recurso no puede prosperar.

La cita de los arts. 73 y 76 del Código Penal es inatingente. En efecto, el delito por el que viene condenado A. resulta de acción pública siéndole aplicables, en consecuencia, las disposiciones del art. 71 del mismo código.

Finalmente, el restante reclamo resulta ambiguo. Así, la defensa se conforma con la acreditación de la materialidad ilícita del hecho para, a renglón seguido, alegar que no se ha justificado la “acción típica” -carácter voluntario y doloso de la conducta atribuída al imputado- (ver fs. 106).

Las deficiencias señaladas, sellan la suerte adversa de la queja.

Por lo que, reitero, se impone su rechazo.

Tal es mi dictamen.

La P., octubre 20 de 2000 -J.A. De Oliveira

A C U E R D O

En la ciudad de La P., a 10 de julio de dos mil dos, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde L., S., P., R., S.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 74.455, “A., A.. Infracción a la ley 13.944”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Segunda de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro revocó la sentencia absolutoria de primera instancia y condenó a A.M.A. a la pena de dos meses de prisión en suspenso con imposición de las reglas de conducta previstas en el art. 27 bis incs. 1 y 3 del Código Penal por el término de dos años, con costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

El señor Defensor Oficial Adjunto interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar...

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