Acuerdo Nº 380 - Serie 'A'. Convocatoria a concurso de antecedentes y oposición

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2014
CÓRDOBA, 19 de agosto de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 136 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 136
CORDOBA, (R.A.), MARTES 19 DE AGOSTO DE 2014
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Convocatoria a concurso de antecedentes y oposición
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA
FUERO PENAL
Acuerdo Nº 380 - Serie “A”. En la ciudad de Córdoba,
a un día del mes de agosto del año dos mil catorce, bajo la Presidencia
de la Señora Vocal Decana Doctora Aída Lucía Teresa TARDITTI,
se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de
Justicia, Doctores Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes
BLANC G. de ARABEL y María Marta CÁCERES de BOLLATI
con la asistencia de la Señora Directora del Área de Administración,
a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND
de MUÑOZ y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones
de cubrir la función de Auxiliar - Colaborador de la Defensa Pública,
Fuero Penal, del Centro Judicial Capital (Acuerdo Reglamentario
Nº 924 Serie “A” del 18/12/07).
Y CONSIDERANDO: 1.- Que en atención del rango institucional
de la Función aludida, la convocatoria deberá tomar en
consideración sus características propias, la especificación de las
aptitudes requeridas para el rol de cada una de las competencias,
en orden a la conducción, organización y administración de los
ámbitos de ejercicio funcional en su escenario sociocultural (dimensión
gerencial administrativa-comunitaria) y sus incumbencias funcionales
(dimensión técnico jurídica del rol).
2.- La convocatoria procura garantizar la legitimidad de los
mecanismos institucionales de promoción a los niveles superiores,
a través de un sistema de concurso orientado a la selección y
evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos,
actitudinales y operativos, inherentes al perfil requerido a un puesto
que ejerce sus funciones en un sector diferenciado y específico del
Poder Judicial.
3.- A tal fin, se toma como referencia normativa general el Acuerdo
Reglamentario nº 588, Serie “A” del 13/03/2001 y sus modificatorias
Acuerdos Reglamentarios N° 696 Serie “A” de fecha 17/12/03, N°
706 Serie “A” de fecha 16/03/04 y N° 870 Serie “A” de fecha 13/
03/07 indicándose las adecuaciones que se estiman imprescindibles
de modo que resulten funcionales al presente proceso de selección
regulando todo lo pertinente a la convocatoria.
Por ello
SE RESUELVE:
Artículo 1.– LLAMADO.
CONVOCAR a concurso de antecedentes y oposición, a los fines
de confeccionar el orden de mérito de postulantes en condiciones
de ser asignados, como titular, interina/o o suplente, en la Función
de Auxiliar Colaborador de las Asesorías Letradas del Fuero Penal
del Centro Judicial Capital creadas o a crearse.
Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función
de las necesidades del servicio, tomando en consideración el orden
de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del con-
curso obligue a la designación del aspirante, más allá del número
de vacantes que deban cubrirse y las previsiones especificas que
sobre el particular dispone análogamente al Art. 15 del A.R. Nº 588
Serie “A” del 13-03-2001 modificado por A.R N° 870 Serie “A” del
13/03/07 y el Acuerdo Reglamentario Nº 924 Serie “A” del 18/12/
07. La remuneración para esta función será equivalente a la que
corresponda al cargo de prosecretario.
Los llamamientos se efectuarán de conformidad a las vacantes
existentes. El cese de la sustitución en tal condición (suplente) no
genera para el agente la posibilidad de solicitar su ubicación en otra
cadena de reemplazos existentes ocupada por quien se encuentre
en una ubicación inferior del orden de mérito aprobado; debiendo
en todos los casos esperar la configuración de una nueva suplencia
para poder ser reestablecido a dicha jerarquía.
Artículo 2.– REQUISITOS
Requisitos de Admisión
A. Los aspirantes deberán reunir al tiempo de presentación de la
solicitud pertinente los siguientes requisitos: a) poseer titulo de
Abogado con cuatro años de antigüedad, en el título o en el Poder
Judicial como personal rentado y; b) el cargo de Escribiente del
Fuero donde se concursa, con excepción de aquellos aspirantes
que se encuentren prestando servicios en las Asesorías Letradas.
Requisitos de Designación
A) AL tiempo de su designación, deberán presentar informe del
Registro Nacional de Reincidencia, certificado de Buena Conducta
expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba, Certificado del
Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley nº 8892),
Constancia de su situación electoral (Ley 19.945, arts. 12, 125 y
126 y Ley Provincial 8.767, arts. 11, 104 y 109), Constancia del
Registro Público de Juicios Universales de no encontrarse
concursado o fallido, Constancia de no encontrarse en Registro de
Deudores comerciales (Veraz, Seven, etc.) o del sistema bancario
(B.C.R.A.), Constancia expedida por la Dirección General de
Rentas de la Provincia, sobre su situación tributaria, poseer aptitud
psico-física para el desempeño del cargo y aprobar dentro del
plazo asignado el Programa de Formación para el Desempeño
como Personal de Conducción.
Artículo 3.- INSCRIPCIÓN
LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet,
completando la Solicitud de Inscripción publicada en el Sitio Oficial
del Poder Judicial (www.justiciacordoba.gov.ar) o Portal de
Aplicaciones (intranet) en la sección Concurso de Cargos, desde el
14/08/14 y hasta el día 12/09/14 a las 14 hs. inclusive.
Vencido el plazo, y luego de consultar la Oficina de Concursos y
Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos el legajo
personal de cada inscripto, publicará, a través del medio mencionado
anteriormente, el listado de los postulantes admitidos.
RENUNCIA INSCRIPCIÓN: El postulante que desista de dar los
exámenes correspondientes, deberá registrar su renuncia a través
del Sitio Oficial del Poder Judicial (www.justiciacordoba.gov.ar) o
Portal de Aplicaciones (intranet) hasta cinco (5) días hábiles antes
de la fecha del examen. El agente que no cumpla con lo establecido
se ajustará a lo dispuesto en el Acuerdo N° 760 Serie “A” del 14/04/
05 modificado por Acuerdo Reglamentario N° 1194 Serie “A” del
10/04/2014.
Artículo 4.-. PRUEBAS DE OPOSICIÓN - ENTREVISTA
LOS postulantes que resulten admitidos deben completar y rendir
las siguientes exigencias:
4 a. UN EXAMEN TEÓRICO- PRÁCTICO
Este examen procura poner en evidencia la capacidad, formación
técnica y práctica del aspirante para asumir con destreza la defensa
de los derechos de los ciudadanos para lo cual deberá resolver
situaciones concretas. Teoría del caso y Estrategias de Defensa.
El temario general se aprueba como “Anexo A” que forma parte
del presente Acuerdo.
Será de carácter secreto. La pertenencia del examen se verificará
mediante un “sticker” que contiene un código de barras adherido a
la primera hoja, entregándose un segundo al interesado.
El examen no deberá ser firmado, ni contener elemento
identificador alguno, salvo la clave de referencia (código de barra).
La violación del anonimato por parte del concursante determinará
su automática exclusión.
Durante la prueba, únicamente se permitirá el uso de textos le-
gales vinculados directa o indirectamente con los temas de exa-
men, siempre que no se encuentren comentados, anotados ni
incluyan modelos. Sólo se permitirá el uso de textos legales de
impresión original editorial (no fotocopias ni escritos de otra
naturaleza que la permitida). La única excepción serán aquellos
textos legales de los cuales no exista impresión original editorial, en
cuyo caso deberán estar organizados (encuadernados, anillados
o encarpetados – no hojas sueltas). Leyes y códigos concordados
resultan admisibles. No está permitido compartir el material de
consulta, por lo que cada concursante deberá proveerse el propio.
La prueba será de carácter eliminatorio. El puntaje máximo
establecido para la prueba será de cincuenta puntos (50). Se exigirá
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