Acuerdo Reglamentario Nº 1021 - Serie “a”

Fecha de la disposición15 de Octubre de 2010
BOLETÍN OFICIAL CÓRDOBA, 2 de noviembre de 2010
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DRA. MARÍA E. CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO
VOCAL
DR. GUSTAVO A. PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL
__________________________________________
Acuerdo Reglamentario Nº 1021 - Serie “A”.
En la ciudad de CORDOBA, a
quince días del mes de octubre del año dos mil diez, con la Presidencia de su titular Señora Vocal Dra.
María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, se reunieron para resolver los Señores Vocales del
Tribunal Superior de Justicia Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa
TARDITTI y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, con la asistencia del Señor Administrador General
del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTA: La necesidad de agilizar la recepción y derivación de las denuncias en materia de violencia
familiar (Ley 9283) en el Centro Judicial de la Ciudad de Cruz del Eje correspondiente a la Séptima
Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que la experiencia recogida con motivo de la puesta en funcionamiento en la
ciudad de Córdoba de la mesa de recepción de denuncias de los Juzgados de Familia y Menores en
materia de violencia familiar (Acuerdo Reglamentario Nº 816 Serie “A” del 10-04-06 ) y la implementada
en otras circunscripciones, ha puesto en evidencia la necesidad de replicar dichas oficinas en aquellos
centros judiciales que observen índices significativas de denuncias de la ley 9283.
Se tiende con ello, dentro de las posibilidades presupuestarias, a descongestionar los Juzgados de
Familia y Menores en la recepción de denuncias en días hábiles, atento el significativo flujo de presentaciones
generadas desde la entrada en vigencia de la citada ley (13/03/06), las que han llevado a estos tribunales
a exigencias límites en la prestación funcional.
2.- Los tribunales de la ciudad de Cruz del Eje presentan una alta conflictividad doméstica. Procurando
asistir esta labor, se estima conveniente la creación de una mesa de recepción de dichas presentaciones,
que, a la par de aliviar a los tribunales en la tarea, servirá de nexo entre el ciudadano y el juzgado que
habrá de entender en las cuestiones de que se trata.
Por ello y lo dispuesto por los artículos 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 incs. 1°, 32° y 33°
de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N° 8435,
SE RESUELVE: Articulo 1.- CRÉASE la Mesa de Entradas de los Tribunales de Familia y Menores
de la Ciudad de Cruz del Eje, para la atención al público, recepción y remisión al tribunal competente de
las denuncias previstas por la Ley 9283 de Violencia Familiar.
Esta oficina dependerá de los Señores Jueces de Familia y Menores en turno de dicha ciudad, bajo la
coordinación de un Prosecretario Letrado y contará con la dotación de empleados que se le asigne.
Los señores Jueces en coordinación, podrán ampliar las tareas a cargo de dicha oficina, estableciendo
individualmente el alcance de las mismas.
Funcionará los días hábiles en el horario de 08:00 a 16:00 horas en el edificio de los tribunales de la
ciudad de Cruz del Eje.
Artículo 2.- LA oficina creada entrará en funcionamiento, con posterioridad a la fecha en que se instale
el equipamiento de oficina e informático necesario para el cumplimiento de sus cometidos.
Artículo 3.- COMUNÍQUESE a la Fiscalía General de la Provincia, a los Juzgados de Menores y Familia,
y Fiscalías de la ciudad de Cruz del Eje, al Ministerio de Justicia, Colegio de Abogado de la ciudad
mencionada, a la Federación de Colegios de Abogados, a las Direcciones de Administración e Informática y
a la Oficina de Asistencia y Coordinación de lo Centros Judiciales del Interior la Provincia.-
Artículo 4.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese la más amplia difusión periodística.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidenta
y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo
Argentino PORCEL de PERALTA.-
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
PRESIDENTA
DRA. MARÍA E. CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO
VOCAL
DR. GUSTAVO A. PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL
__________________________________________
CONSEJO de la MAGISTRATURA
Acuerdo Nº 57Acuerdo Nº 57
Acuerdo Nº 57Acuerdo Nº 57
Acuerdo Nº 57. .
. .
.
En la Ciudad de Córdoba a veintiocho días del mes de octubre del año dos mil
diez, con la presidencia del Dr. Luis Enrique RUBIO, se reunieron los Señores Consejeros integrantes
del Consejo de la Magistratura creado por Ley 8802, Dres. Pablo Juan M. REYNA, María Marta
CACERES de BOLLATI, Juan BRUGGE, Graciela I. BORDOY, y Francisco L. RIEGO y
ACORDARON: Y VISTO:… Y CONSIDERANDO:... EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESUELVE: 1) CONVOCAR A INSCRIPCIÓN, para la confección de padrones de Magistrados,
Fiscales y Asesores Letrados “reemplazantes” a: A) Postulantes incluidos en los Ordenes de Mérito,
en los términos del art. 31 de la Ley 8802.; B) Magistrados, Fiscales y Asesores que gocen del
beneficio jubilatorio ordinario o reducido, que tengan una antigüedad menor a 5 años aniversarios en
tal condición y no estén comprendidos en las prohibiciones del art. 56 de la Ley 8435. 2) Las
inscripciones deberán efectuarse desde el día ocho de noviembre de 2010 (08-11-10) hasta el día
veintinueve de noviembre de 2010 (29-11-10) inclusive, en los términos, condiciones y con los
requisitos exigidos por las Leyes nº 8435, 7826 y 7982 en la Sede del Consejo de la Magistratura de
la Provincia de Córdoba, sita en Avda Gral. Paz 70, 6º piso de la ciudad de Córdoba, de lunes a
viernes de 8:30 a 13 hs. y de 14 a 18 hs. Los interesados deberán completar solicitud de inscripción
-con fotografía- y acompañar: a) Declaración jurada patrimonial; b) Antecedentes curriculares, en el
supuesto de Magistrados, Fiscales y Asesores Letrados jubilados. 3) Protocolícese, Publíquese en el
Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de circulación masiva provincial por el término de dos días
y archívese.
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
PRESIDENTA
DR. PABLO JUAN M. REYNA
CONSEJERO
DR. MARÍA M. CÁCERES DE BOLLATI
CONSEJERA
DR. JUAN BRUGGE
CONSEJERO
DRA. GRACIELA I. B ORDOY
CONSEJERA
DR. FRANCISCO L. RIEGO
CONSEJERO
2 días - 3/11/2010

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