Acuerdo Reglamentario Nº 75 - Serie “b”

Fecha de la disposición26 de Mayo de 2010
BOLETÍN OFICIAL
CÓRDOBA, 31 de mayo de 2010
AÑO XCVIII - TOMO DXLIV - Nº 101
CORDOBA, (R.A.) LUNES 31 DE MAYO DE 2010
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SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
Oficiales de Justicia de
la Sede Judicial Capital
Cronograma de actuación correspondiente a junio, julio y agosto de 2010.
Acuerdo Reglamentario Nº 74 - Serie “B”.
En la ciudad de CORDOBA, a veintiseis días del mes de
mayo del año dos mil diez, con la Presidencia de su titular
Señora Vocal Dra. María de las Mercedes BLANC G. de
ARABEL, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia Doctores María Esther
CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI
y Luis Enrique RUBIO con la asistencia del Señor
Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo
Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: Lo dispuesto por Acuerdo Reglamentario Nro.
73, Serie “B” del 16 de febrero de 2010, mediante el cual se
estableció el turno con el respectivo cronograma, para la
intervención de los Señores Oficiales de Justicia del Centro
Judicial Capital, para las actuaciones derivadas de la Ley
9283 de Violencia Familiar, correspondiente a los meses de
marzo, abril y mayo de 2010, inclusive.-
Y CONSIDERANDO: I) Que, el cronograma de turnos
vigente antes mencionado, concluye el día 31 de mayo del
corriente año, por lo que resulta oportuno confeccionar uno
nuevo que regirá desde el día 1 de junio y hasta el día 31 de
agosto inclusive de 2010, con las mismas pautas establecidas
en la norma reglamentaria citada.- II) Que, en la fecha
comprendida durante la Feria Judicial de julio de 2010, resulta
conveniente que durante ese período actúen aquellos Oficiales
de Justicia que vayan a prestar servicio durante el mencionado
receso, ya sea por pedido voluntario y expreso o mediante
sorteo, si no hubiere dicha petición, y recordar a los Señores
Delegados de Administración General de cada Sede Judicial,
que deberán arbitrar los medios necesarios a los fines de
determinar qué Oficiales de Justicia, de dicha Sede, prestarán
servicios durante la Feria Judicial de julio de 2010. III) Que,
en atención a lo antes expuesto, corresponde confeccionar el
cronograma de turnos de los señores Oficiales de Justicia de
este Centro Judicial, para las actuaciones derivadas de la
Ley 9283 de Violencia Familiar, que regirá en el período
comprendido en el punto I) del presente Considerando.- Por
todo ello;
SE RESUELVE: Art. 1.- DISPONER que en la Sede Judi-
cial de Capital, los mandamientos librados por los Tribunales
competentes en el marco de la Ley 9283, serán practicados
en forma inmediata por el señor Oficial de Justicia que por el
turno diario de “urgentes” corresponda, aunque se trate de
hora y día inhábil, cuyo cronograma forma parte del presente,
como Anexo “A”.- Art. 2.- CUANDO, la medida ordenada
deba cumplirse en día sábado o domingo, se establece un
turno nominal por orden alfabético, con un titular y un suplente,
entre los señores Oficiales de Justicia Titulares, cuyo
cronograma forma parte del presente, como Anexo “B”.- Art.
3.- DURANTE, la Feria Judicial de julio de 2010, intervendrán
a los fines del diligenciamiento de los oficios librados en el
marco de la Ley 9283, los señores Oficiales de Justicia que
estén afectados a prestar servicios durante ese período. Los
Señores Delegados de Administración General de las Sedes
Judiciales del Interior, deberán arbitrar los medios necesarios
a los fines de determinar qué Oficiales de Justicia, prestarán
servicios durante la Feria Judicial de julio de 2010. Art. 4.-
Protocolícese y Notifíquese.-
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación
de su contenido, firman la Sra. Presidenta y los Sres. Vocales,
con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder
Judicial, Dr. Gustavo Argentino Porcel de Peralta.
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
PRESIDENTE
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DR. GUSTAVO A. PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL
ANEXO “A
Cronograma de actuación de lunes a viernes, en horas y
días hábiles o inhábiles, de los señores Oficiales de Justicia
de la Sede Judicial Capital, correspondiente a los meses de
junio, julio y agosto de 2010.-
Lunes: Mario A. Bini - Rubén D. Chesa - Carlos R. Sosa –
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Acuerdo Reglamentario Nº 75 - Serie “B”.
En la ciudad de CORDOBA, a veintiseis días del mes de mayo del
año dos mil diez, con la Presidencia de su titular Señora Vocal Dra.
María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, se reunieron
para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia
Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucía
Teresa TARDITTI y Luis Enrique RUBIO con la asistencia del
Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo
Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
VISTO: La solicitud presentada por la Prosecretaria Administrativa
Sra. Mónica Giannobi de Maldonado, Jefa de Ujieres de la Oficina
de Notificadores, Ujieres y Oficiales de Justicia, de la Subárea de
Documentación e Información Pública, del Area de Servicios
Judiciales, en lo que respecta a la creación de una nueva zona de
actuación, dentro del radio perteneciente al diligenciamiento de
cédulas de notificación de los señores Ujieres del Centro Judicial
de Capital.-
Y CONSIDERANDO: I) Que, por Acuerdo Reglamentario Núme-
ro Cuatro, Serie “B”, del dieciocho de marzo de mil novecientos
noventa y siete, se aprobó el Reglamento de la División Manda-
mientos y Notificaciones, en el cual se establece para la Oficina de
Ujieres, al punto II) “Del Personal: ... B) ... El Jefe o responsable
de la Oficina, trazará un plano delimitando las CATORCE
(14) zonas de actuación de los Ujieres, el que una vez
aprobado se reservará en original en la Dirección de
Servicios Judiciales y una copia se exhibirá al público en la
respectiva oficina. Dichas zonas son susceptibles de ser
modificadas si el servicio lo requiere...”. II) Que, lo peticionado
se fundamenta en el crecimiento poblacional que ha tenido la ciudad
de Córdoba hacia el sector Oeste de la misma y, por consiguiente
el aumento de cédulas dirigidas a domicilios situados en él, tal como
lo demuestran las estadísticas respectivas, las cuales indican un
notable incremento, respecto a la cantidad media de cédulas
asignadas a los Ujieres de otras zonas o sectores. III) Que, el
diseño y delimitación de la nueva zona o sector propuesto, ha sido
realizado con la colaboración voluntaria de los señores Ujieres
colindantes involucrados con el mismo; habiéndose a tal efecto
confeccionado un plano describiendo sus límites y los barrios
comprendidos. IV) Que, la modificación de las zonas involucradas
resulta necesaria y favorecerá a una mejor distribución de la tarea,
lo cual se verá reflejado en una correcta prestación del servicio.-
Por todo ello, Acuerdo Reglamentario citado y Ley Orgánica del
Poder Judicial Nro. 8435, Arts. Nros. 85 y 12, inc. 17 y 32.-
SE RESUELVE: Artículo 1º) MODIFICAR, el Acuerdo
Reglamentario Número Cuatro, Serie “B”, del dieciocho de marzo
de mil novecientos noventa y siete, en lo relacionado a la Oficina
de Ujieres, al punto II) “Del Personal: ... B) ...”, procediéndose a
incorporar una zona de actuación para los señores Ujieres del
Centro Judicial de Capital, el que quedará redactado de la siguiente
forma: “El Jefe o responsable de la Oficina, trazará un plano
delimitando las QUINCE (15) zonas de actuación de los Ujieres, el
que una vez aprobado se reservará en original en la actual Área
de Servicios Judiciales, Subárea de Documentación e Información
Pública y una copia se exhibirá al público en la respectiva oficina.
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