Acuerdo Reglamentario Nº 1213 - Serie 'A'

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición10 de Junio de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 92 CÓRDOBA, 16 de junio de 20142
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento
de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución General N° 1975 Córdoba, 23 de Mayo de 2014
VISTO: Lo establecido por el Artículo 17, 20 y 21 del Código Tributario vigente (Ley N° 6006
- T.O. 2012 y modificatorias);
Y CONSIDERANDO:
QUE atento la necesidad de una mayor descentralización en las tareas que se llevan a cabo
en este Organismo, se estima oportuno y conveniente asignar a la Agente MARISA RUTH
FUENTES - D.N.I. Nº 21.901.008 que se desempeña en el Sector Reclamos dependiente del
Macroproceso de Operaciones y Gestión Sustentable de la Dirección General de Rentas, para
cumplir funciones específicas a los fines de resolver las cuestiones atinentes a las exenciones
tributarias y a las vías recursivas previstas en el Código Tributario vigente y demás Leyes
Tributarias en las cuales sean competentes.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario -
Ley N° 6006 - T.O. 2012 y sus modificatorias,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- DESIGNAR a la Agente MARISA RUTH FUENTES - D.N.I. Nº 21.901.008
que se desempeña en el Sector Reclamos dependiente del Macroproceso de Operaciones y
Gestión Sustentable de esta Dirección General de Rentas, como JUEZ ADMINISTRATIVO para
el ejercicio de las funciones establecidas en el inciso e) del Artículo 17 del Código Tributario
vigente - Ley N° 6006 - T.O. 2012 y modificatorias.
ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE
a quienes corresponda y Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
VIENE DE TAPA
ACUERDO N° 1212 VIENE DE TAPA
RESOLUCION N° 121
fue creada; concluyendo que en base a lo
informado y al cumplirse el año de creación
de la Oficina de Conciliación, la que viene
funcionado como experiencia piloto desde
el 5/8/2013, se encuentra en condiciones
de consolidarse como institución en el
ámbito de la Cámara Única del Trabajo.
VII. Que surgiendo de los datos
estadísticos que la Oficina ha cumplido
razonablemente con los fines propuestos
al momento de su creación; la que su vez
cuenta con una reglamentación dictada por
Presidencia de la Cámara Única del Trabajo
durante el primer trimestre del 2014, para
darle una operatividad eficaz, segura y
verificable; a lo que cabe añadir también
las peticiones concordantes de los Sres.
Presidentes la Cámara Única del Trabajo -
2013 y 2014-; corresponde incorporar de
una manera permanente a la Oficina de
Conciliación que funciona en el ámbito de
la Cámara Única del Trabajo, como órgano
dependiente de éste Cuerpo, con la
supervisión de la Presidencia de la Cámara
Única del Trabajo, siendo su
funcionamiento y control regido por el
Acuerdo Reglamentario número mil ciento
cincuenta y tres, Serie A, del 2/5/2013 y las
normas reglamentarias dictadas en
consecuencia.
VIII. Que de esta manera resulta
razonable el pedido de la actual Presidencia
de la Cámara Única del Trabajo en orden
que se lo faculte a designar entre los
Prosecretarios Letrados existentes en el
Tribunal, uno que sustituya al Prosecretario
Letrado a cargo de la Oficina de
Conciliación en caso de ausencia
temporaria breve, dado que la misma en
esa situación se queda sin firma autorizada
propia.
Por todo ello y normas legales citadas, el
Tribunal Superior de Justicia:
RESUELVE:
Artículo 1°: INCORPORAR de manera
permanente la Oficina de Conciliación que
funciona en el ámbito de la Cámara Única
del Trabajo de la Ciudad de Córdoba,
creada por Acuerdo Reglamentario N° 1153
– Serie “A”, de fecha 02-05-2013, la cual
dependerá directamente de este Cuerpo y
estará bajo la supervisión de la Presidencia
de la Cámara Única del Trabajo.
Artículo 2°: El funcionamiento y control
de la Oficina que se trata será regido por el
Acuerdo citado y las normas reglamentarias
dictadas en consecuencia, incluidos los
cometidos de Mayordomía, Personal de
Servicio y Maestranza, y la Oficina de
Recursos Humanos en lo que respecta a la
temática vinculada a las Salas y Oficina de
Conciliación.-
Artículo 3°: FACULTAR a la Presidencia
de la Cámara Única del Trabajo a designar
entre los Prosecretarios Letrados existentes
en el Tribunal, uno que sustituya al
funcionario a cargo de la Oficina de
Conciliación en caso de ausencia
temporaria breve.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE.
Publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia. Comuníquese a la Federación
de Colegios de Abogados de la Provincia
de Córdoba, al Colegio de Abogados de
Córdoba, al Fuero Laboral del Centro Ju-
dicial de la Capital, incorpórese a la página
web del Poder Judicial y dése la más amplia
difusión.-
Con lo que terminó el acto que previa
lectura y ratificación de su contenido, firman
el Señor Presidente y los Señores Vocales
con la intervención del Sr. Fiscal General
de la Provincia y la asistencia de la Señora
Directora del Área de Administración a
cargo de la Administración General, Cra.
Beatriz María ROLAND de MUÑOZ.-
DR. CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DRA. MARÍA M. C. DE BOLLATI
VOCAL
DR. ALEJANDRO OSCAR MOYANO
FISCAL GENERAL
CRA. BEATRIZ ROLAND DE MUÑOZ
DIRECTORA DEL ÁREA
DE ADMINISTRACIÓN
A/C. ADMINISTRACIÓN GENERAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1213 - Serie
“A”. En la ciudad de Córdoba, a diez días del
mes de junio del año dos mil catorce, con la
Presidencia de su Titular Dr. Carlos Fran-
cisco GARCÍA ALLOCCO, se reunieron para
resolver los Señores Vocales del Tribunal Su-
perior de Justicia, Dres Aída Lucía Teresa
TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, y María
Marta CÁCERES de BOLLATI, con la
participación del señor Fiscal General de la
Provincia Dr. Alejandro Oscar MOYANO, con
la asistencia de la Señora Directora del Área
de Administración, a cargo de la Administración
General, Cra. Beatriz María ROLAND de
MUÑOZ y ACORDARON:
VISTO: La nota presentada por el Secretaria
Penal de este Excmo. Tribunal Superior de
Justicia, solicitando se analice la posibilidad de
efectuar una modificación en forma paulatina
al Acuerdo Reglamentario Nº 508, Serie “A”,
14/09/1999.
Y CONSIDERANDO: I) Que manifiesta el
mencionado funcionario que este Alto Cuerpo
mediante la acordada antes referida, dictada
con motivo del convenio oportunamente
celebrado entre el Poder Judicial de Córdoba
y el Ministerio de Justicia de la Nación, resolvió
crear en el ámbito de la Provincia de Córdoba,
cinco Unidades de Expedición y Recepción de
Antecedentes Penales (UER), cuyos asientos
fueron dispuesto: uno en Capital y los otros
cuatro en las Cámaras del Crimen de las
principales Sedes del interior, encargándoles
a éstas la recepción de las solicitudes de las
Fiscalías y Juzgados de las Sedes a cuya
Circunscripción pertenecen.
Por ello y en atención a que a lo largo de
todo este tiempo, se ha tomado conocimiento
por parte de las Fiscalías y/o Juzgados de las
Sedes Judiciales del interior, sobre distintas
inquietudes y/o inconvenientes que se suscitan
con utilización del sistema, esta Secretaria
efectuó un detallado relevamiento telefónico
en la casi totalidad de las sedes, advirtiendo
algunas falencias relacionados con la viabilidad
de poder recibir y/o tramitar las solicitudes de
antecedentes penales por ante las Cámaras a
cargo de quienes se encuentran las bocas de
UER.
En consecuencia se estima como muy
conveniente efectuar en forma paulatina un
cambio de radicación de dependencia judicial
en donde se encuentran en la actualidad
ubicadas las Unidades de Expedición y
Recepción de Antecedentes Penales (UER),
entendiendo que, por las características de la
información de que se trata, en la etapa del
proceso que con más urgencia se requiere
contar con los certificados de antecedentes y
la experiencia común, correspondería
desafectar a las Cámaras y afectarla en una
Fiscalía de Instrucción y que sean éstas las
encargadas de la recepción de las solicitudes
de sus pares y Juzgados de las Sedes a cuya
Circunscripción pertenecen.
Asimismo -agrega el Secretario- no podemos
dejar de tener en cuenta que en el mes de
mayo próximo pasado, se ha implementado
una nueva boca de UER (la sexta), la cual se
encuentra ubicada en la Unidad de Gestión de
Audiencias (U.G.A.), dependiente de esta
Secretaria a mi cargo, siendo voluntad de este
Alto Cuerpo y aceptado por el Ministerio de
Justicia de la Nación la de ir aumentando los
lugares de recepción de información en todo
el interior de la provincia.
III) Que los motivos expuestos por el señor
Secretario son compartidos plenamente por
este Tribunal Superior de Justicia y teniendo
en cuenta el espíritu de la norma que en aquella
oportunidad se dictara para su correcto
funcionamiento, corresponde hacer lugar a lo

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