Acuerdo Reglamentario Nº 1193 - Serie 'A'

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 55 CÓRDOBA, 22 de abril de 20144
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la
Dirección de Asesoría Fiscal en Nota N° 17/14 y de acuerdo con
lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al N° 126/
14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER que la Dirección General de
Rentas podrá publicar, a través de organizaciones dedicadas a
brindar información vinculada con la solvencia económica y el
riesgo crediticio, debidamente inscriptas en el registro previsto
en el Artículo 21 de la Ley Nacional N° 25.326, la nómina de
contribuyentes incumplidores de los tributos provinciales y de
deudores de acreencias no tributarias del Estado Provincial cuya
gestión de cobro se encuentra encomendada a esa Dirección.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 81 Córdoba, 21 de Abril de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0493-019287/2014 por el que se
solicita la creación del Fondo Permanente “F” - ASISTENCIA Y
REINSERCIÓN SOCIAL DEL LIBERADO- del Ministerio de
Justicia y Derecho Humanos.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es
facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el
funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas
que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su
régimen y límites al momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista
técnico-contable en relación a la creación del Fondo Permanente
requerido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción
requirente en el sentido que es necesaria la creación propiciada
para el correcto funcionamiento del Servicio.
Que la fuente de financiamiento del Fondo Permanente “F”
cuya creación se propicia está constituida por recursos afectados.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la
Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 y de
acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio
al Nº 136/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- CREAR el Fondo Permanente “F” -
ASISTENCIA Y REINSERCIÓN SOCIAL DEL LIBERADO- del
Ministerio de Justicia y Derecho Humanos, por la suma de PE-
SOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-), con límite por cada pago
hasta CINCO (5) veces el índice uno (1) previsto por el Artículo
13 de la Ley N° 5901 (T.O. Ley N° 6300), del que será
responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado
Ministerio. Integra como Anexo I de la presente Resolución, con
una (1) foja útil, el Anexo 7, Formulario T2-Solicitud de Apertura,
Modificación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público y a Contaduría General de la
Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r81.pdf
Resolución N° 84 Córdoba, 21 de Abril de 2014
VISTO: El expediente Nº 0669-102927/2013 en que el
Ministerio de Gestión Pública propicia ajustes en la distribución
de los Recursos Humanos asignados por el “Presupuesto Gen-
eral de la Administración Pública Provincial para el año 2014”.
Y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado tiene su fundamento en la Disposición
Administrativa N° 184/13, dictada por el entonces Ministerio de
Administración y Gestión Pública en la que dispone el traslado
definitivo del agente CICARDINI, Eduardo Alberto; D.N.I. N°
16.575.335 al ámbito del Ministerio de Infraestructura.
Que por otra parte y, en virtud de lo normado por la Resolución
N° 1510/12 del Ministerio de Administración y Gestión Pública,
por la cual se aprueban nuevos procedimientos y modalidades
simplificadas de trámites administrativos de mayor relevancia y
volumen dentro de la Administración Pública Provincial, siendo
una medida ordenadora y necesaria para lograr celeridad,
economía, sencillez y eficacia en la gestión de los mismos, es
competencia de esta Cartera Ministerial intervenir en dichos
trámites conforme al Anexo I del referido instrumento legal.
Que en mérito de ello, en esta instancia resulta menester adecuar
la planta de personal otorgando una Compensación de Recursos
Humanos transfiriendo un (1) cargo 11 400 - “Programador
Principal” desde el Programa 205 (Innovación y Monitoreo de la
Gestión) dependiente de la Jurisdicción 1.20 Ministerio de Gestión
Pública, hacia el Programa 500 (Ministerio de Infraestructura)
perteneciente a la Jurisdicción 1.50 Ministerio de Infraestructura.
Que obra incorporada en autos la conformidad de las
autoridades respectivas.
Que este Ministerio resulta competente para consolidar el trámite
presupuestario en razón de intervenir más de una Jurisdicción.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones
legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in fine de
la Ley N° 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones
Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la
factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Legales de este Ministerio al Nº 129/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR las asignaciones de Recursos
Humanos del Presupuesto General de la Administración Provin-
cial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido
en el Documento Modificación de Cargo Presupuestario N° 5 de
este Ministerio el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma
parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a
Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de
Cuentas y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r84.pdf
Acuerdo Reglamentario Nº 1193 - Serie “A”. En la ciudad de Córdoba, a ocho
días del mes de abril del año dos mil catorce, con la Presidencia de su Titular Dr. Carlos Francisco
GARCÍA ALLOCCO, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de
Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN y Armando Segundo
ANDRUET (h), con la asistencia de la Señora Directora del Área de Administración, a cargo de la
Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON:
Y VISTO: La presentación efectuada por los Presidentes de las Cámaras de Apelaciones en lo
Civil y Comercial de esta Capital, en la que solicitan la designación de un empleado más por cada
Cámara, para que el plantel actual sea ampliado, y a su vez la asignación al mismo de la función de
asistente, con dedicación y puntaje respectivo.
Por lo expuesto,
SE RESUELVE: Rectificar la parte resolutiva del Acuerdo Reglamentario Nº 1146 Serie “A” de
fecha 11/03/2013, la que quedará redactada de la siguiente forma:
Artículo 1º.- AUTORIZAR a los Señores Vocales de Cámara de las Cámaras de Apelaciones en
lo Civil y Comercial del Centro Judicial Capital, pertenecientes a la Primera Circunscripción, a
proponer dos empleados para que con una extensión de jornada de trabajo hasta las 16:00 hs., y
con el consentimiento de los mismos, puedan cumplir funciones de asistencia a dicho Tribunal de
Segunda Instancia en la preparación del fallo y estudio de los antecedentes doctrinarios,
jurisprudenciales y legislativos, necesarios ellos como material básico para la resolución de las
causas sometidas a su consideración, sin con ello afectar el funcionamiento de la rutina administrativa
que la Oficina tiene dispuesta.-
Artículo 2º.- A los fines aludidos en el Artículo precedente, se deberán compatibilizar las horas
habituales de jornada diaria, con las otras reconocidas como ‘extensión horaria’ para que los
agentes se puedan dedicar a la mencionada actividad de preparación y proyección de aportes para
los Señores Vocales, desde las 11.00 hs. en adelante.
Artículo 3º.- LOS agentes seleccionados, recibirán la retribución económica o sumarán días para
la correspondiente compensación por las mencionadas tareas y obtendrán el mismo puntaje del
Asistente de Magistrado en los términos del Acuerdo Nº 381 “A” del 23.IX.97.
Artículo 4º.- NOTIFÍQUESE a los Titulares de las Cámaras mencionadas.-”
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor
Presidente y los Señores Vocales con la asistencia de la Señora Directora del Área de Administración
a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ.-
DR. CARLOS FRANCISCO GARCÍA ALLOCCO
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET ( H)
VOCAL
CRA. BEATRIZ MARÍA ROLAND DE MUÑOZ
DIRECTORA DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
A/C. ADMINISTRACIÓN GENERAL
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA

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