Acuerdo Reglamentario N° 1759 - Serie: A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor11 de Mayo de 2022
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 95
CORDOBA, (R.A.) MARTES 10 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
a. Asesorar al Tribunal Superior en el control de legalidad de la actividad
administrativa;
b. Asesorar al Administrador General en el control de legalidad de la acti-
vidad administrativa;
c. Asesorar a la Secretaria General en el control de legalidad de la activi-
dad administrativa;
d. Contralor de legalidad de los acuerdos y acuerdos reglamentarios previo
a su rma y protocolización;
e. Dictaminar en los recursos jerárquicos planteados contra actos adminis-
trativos dictados por la Administración General o sus áreas dependientes;
f. Dictaminar en los recursos de reconsideración planteados contra los ac-
tos administrativos dictados por el Tribunal Superior;
g. Instruir los procedimientos disciplinarios del personal del Poder Judicial,
de conformidad con el régimen normativo vigente;
h. Dictaminar en el procedimiento por irregularidades disciplinarias de peritos;
i. Coordinar la defensa en juicio del Poder Judicial;
j. Juramentos. Confección de actas.
k. Cumplir las demás funciones, tareas y acciones que le sean delegadas por
el Tribunal Superior de Justicia, la Presidencia y/o el Administrador General”.
3. MODIFICAR el artículo octavo del Acuerdo Reglamentario 916 serie
A del 04/12/2007, que quedará redactado de la siguiente manera:Artículo
8°. Dependen de la Administración General: los Directores de las Áreas de
Administración, de Recursos Humanos, de Servicios Judiciales, de Mo-
dernización, de Logística Informática, de Infraestructura y de Archivo, los
diferentes Jefes de cada una de las Sub Áreas, como así también otras
Ocinas de apoyo no especicadas”.
4. DEROGAR el artículo noveno del Acuerdo Reglamentario 916 serie
A del 04/12/2007.
5. DEROGAR los artículos primero, segundo y tercero del Acuerdo Re-
glamentario 1186 serie A del 20/02/2014.
6. MODIFICAR el artículo tercero del Acuerdo Reglamentario 65 serie
A del 25/10/1983 y modicatorios, que quedará redactado de la siguiente
manera: “Con las funciones previstas por las leyes y los reglamentos que
dicte el Tribunal Superior de Justicia actuarán las siguientes Relatorías de
Sala: a) Relatoría de Sala Civil y Comercial; b) Relatoría de Sala Penal; c)
Relatoría de Sala Laboral; d) Relatoría de Sala Contencioso Administrativa
y e) Relatoría Electoral y de Competencia Originaria.
7. ENCOMENDAR a la Secretaría Legal y Técnica la confección y publica-
ción de un texto ordenado de los acuerdos reglamentarios que por el presente
se modican, hasta tanto se apruebe el “Digesto Justicia Córdoba”.
8. PROTOCOLÍCESE y publíquese en el Boletín Ocial Electrónico.
Notifíquese a la Secretaría Legal y Técnica. Comuníquese a las Salas del
Tribunal Superior, a las Áreas administrativas, a la Fiscalía General, a la
Federación de Colegios de Abogados, a los Colegios de Abogados, a la
Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y a la Asocia-
ción Gremial de Empleados del Poder Judicial de Córdoba.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su conteni-
do, rman el señor Presidente y los señores Vocales con la asistencia del
señor Administrador General, Dr. Luis Mar ía SOSA LANZA CASTELLI.-
FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - DOMINGO JUAN SESIN,
VOCAL - AIDA L. TARDITTI, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VO-
CAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - LUIS MARÍA SOSA LANZA CASTELLI,
ADMINISTRADOR GENERAL
Acuerdo Reglamentario N° 1759 - Serie:A
En la ciudad de Córdoba, 06/05/2022, con la Presidencia de su Titular Dr. Se-
bastián Cruz LOPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI, María Marta CÁ-
CERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Señor Ad-
ministrador General, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON:
Y VISTO: Lo resuelto por el Acuerdo Reglamentario 1610 serie A del
07/02/2020 que dispuso -entre otras cuestiones-: “TOMAR RAZÓN del
contenido curricular del “Plan de Capacitación Ley Micaela para integrantes
del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba” que como ANEXO ÚNICO
forma parte integrante del presente” (cfr. artículo 1 del Reglamento citado).
Y CONSIDERANDO:
1.- Que por Ley n° 10628 (B.O.P. 14.6.19) la Provincia de Córdoba adhirió a
la “Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas
que integran los tres poderes del Estado”, N° 27499, que establece la capaci-
tación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para
todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos los
niveles y jerarquías en los poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo.
2.- El Convenio Marco de colaboración recíproca entre el Poder Judicial
de Córdoba -Tribunal Superior de Justicia- y el Gobierno de la Provincia de
Córdoba -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- con la nalidad de
dar cumplimiento con lo establecido por la Ley 10628 de adhesión a la Ley
nacional 27499, que fuera aprobado por Acuerdo 923/2019, serie A.
3.- Que, a la fecha, han sido dictadas las primeras dos etapas del plan
de capacitación aprobado, a saber: una primera etapa correspondiente a
los cursos “Juzgar con perspectiva de género, destinado exclusivamente a
funcionarios/as y magistrados/as; y el curso “Introducción a la perspectiva
de género” diseñado para empleados/as del Poder Judicial; y una segunda
etapa correspondiente al curso “Violencia de Género contra las Mujeres.
Modalidad Doméstica” destinado a magistradas/os, funcionarias/os y em-
pleadas/os del Poder Judicial.
Cabe destacar el amplio compromiso que la temática ha suscitado en
la comunidad judicial de Córdoba ya que al 30/11/2021 -según informa la
Ocina de la Mujer TSJ Córdoba- más del (ochenta y ocho por ciento) 88%
del personal judicial ha cumplido con la capacitación obligatoria. Ello, exce-
de notablemente lo que reportan otras comunidades judiciales respecto de
sus agentes.
4.- Que, en esta instancia de implementación, dado el nivel de forma-
ción del personal del Poder Judicial de Córdoba, resulta necesario dictar
una actualización.
El nuevo material titulado “Introducción a conceptos y perspectivas
sobre identidad de género (expresión de género y orientación sexual)”
lo diseñó la OM CSJN en base a los materiales del “Taller virtual sobre

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