Acuerdo Reglamentario N° 1687 - Serie “A” 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Abril de 2021
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 66
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Artículo 1.- ESTABLECER la siguiente nominación del Juzgado de Villa
Dolores, con competencia en la temática, a saber: “JUZGADO DE NIÑEZ,
ADOLESCENCIA, VIOLENCIA FAMILIAR y DE GÉNERO y PENAL JUVENIL.
Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la “Mesa de Entradas de los Tribu-
nales de Familia y Menores” del centro Judicial de Villa Dolores, pertene-
ciente a la Sexta Circunscripción Judicial, creada por Ac. Reglamentario
del TSJ n°1022 Serie “A” de fecha 19/10/2010 -actual Ocina Única de
Violencia Familiar y de Género-, habida cuenta de la especialización que
posee el Juzgado con competencia en la temática.
Artículo 3.- DETERMINAR que los funcionarios que al día de la fecha
prestan servicio en la dependencia referida en el artículo anterior, pasen a
prestar servicio en el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y
de Género y Penal Juvenil de la Sede.
Artículo 4.- DETERMINAR que el presente Acuerdo Reglamentario
entrará en vigencia desde su publicación.
Artículo 5.- PUBLICAR en el Boletín Ocial de la Provincia, incorporar
en la página WEB del Poder Judicial y dar la más amplia difusión.
Artículo 6.- COMUNICAR a la Delegación de Administración General
del Interior provincial, al Colegio de Abogados de Córdoba y de la Sede, a
la Federación de Colegios de Abogados y dar la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del
Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEM-
BERG.
FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL
- LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL -
LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRA-
DOR GENERAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL SEISCIENTOS OCHENTA
Y SIETE. - SERIE “A”
En la ciudad de Córdoba, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos
mil veintiuno, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ
PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Supe-
rior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO,
María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asis-
tencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG
y ACORDARON:
Y VISTO: 1- Que por Acuerdo Reglamentario del T. S.J. n° 1506 Serie “A” de
fecha 27/07/2018 se resolvió “DISPONER la reorganización de las estruc-
turas judiciales existentes para el tratamiento de la temática de violencia
familiar y de género en las Sedes del interior provincial, la que se realizará
en cada Sede de manera particular y conforme a relevamientos que se
llevarán adelante en cada una de ellas”.
Y CONSIDERANDO:
1.- La creciente problemática de violencia familiar y de género que se
ha tornado cada vez más compleja y diversa.
2.- Que las modicaciones que se presentan resultan acordes a las
consideraciones receptadas por la Ocina de Coordinación en Niñez, Ado-
lescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil (OVF) en el marco
de un proceso de análisis integral de la problemática que lleva adelante la
nueva ocina.
3.- Que la propuesta, surge de las acciones realizadas entre la OVF
y el equipo de apoyo conformado por el Área de Administración Gene-
ral del Poder Judicial, y dependientes: Oficina de Personal y Oficina de
Acuerdos, Resoluciones y Decretos del Área de Recursos Humanos del
Poder Judicial.
4.- La disposición legal por la cual se modicó la nominación de los
Juzgados de Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar sustituyéndola por
Juzgados de Niñez, Adolescencia Violencia Familiar y de Género y esta-
bleció que los tribunales que en el ámbito de la Provincia de Córdoba tie-
nen competencia en materia de violencia familiar pasarán a tener también
competencia en materia de violencia de género, en función de las modi-
caciones introducidas por Ley n° 9283 y la adhesión a la Ley Nacional
n° 26485 dispuesta por Ley n° 10352. (Arts. 4 y 9 de Ley n° 10402 – B.O.
25/11/2016).
5.- La pertinencia de adecuar la denominación y reorganizar el funcio-
namiento de las dependencias judiciales ligadas a la temática de violencia
familiar y de género en el Centro Judicial de Villa María, perteneciente a la
Cuarta Circunscripción Judicial.
Por lo expuesto y las atribuciones conferidas por los art. 166 inc. 2 de
la Const. Pcial., y art. 12 inc. 1° de la L.O.P.J.,
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA;
RESUELVE:
Artículo 1.- ESTABLECER la siguiente nominación del Juzgado de Villa
María, con competencia en la temática, a saber: “JUZGADO DE NIÑEZ, ADO-
LESCENCIA, VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO y PENAL JUVENIL”.
Articulo 2.- DEJAR SIN EFECTO la “Mesa de Entradas de los Tribuna-
les de Familia y Menores” del Centro Judicial de Villa María, perteneciente
a la Cuarta Circunscripción Judicial, creada por Acuerdo Reglamentario n°
884 Serie “A” de fecha 22/05/2007 - actual Ocina Única de Violencia Fami-
liar y de Género - habida cuenta de la especialización con la que cuenta el
Juzgado con competencia en la temática.
Artículo 3.- DETERMINAR que los empleados que al día de la fecha
prestan servicio en la dependencia referida en el artículo anterior, pasen a
prestar servicio en el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia familiar y
de Género y Penal Juvenil de la Sede.
Artículo 4.- DETERMINAR que el presente Acuerdo Reglamentario
entrará en vigencia desde su publicación.
Artículo 5.- PUBLICAR en el Boletín Ocial de la Provincia, incorporar
en la página WEB del Poder Judicial y dar la más amplia difusión.

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