Acuerdo Reglamentario N° 1380 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorTribunal superior de justicia
MIERCOLES 26 DE OCTUBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 210
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1380 “A“ ................................. Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 1360 ............................................................ Pag. 1
Resolución N° 1361 ............................................................ Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 403 .............................................................. Pag. 2
Resolución N° 404 .............................................................. Pag. 3
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 186 ................................................................... Pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Resolución N° 44 ............................................................... Pag. 4
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N° 23 ............................................................... Pag. 4
Resolución N° 11 ............................................................... Pag. 5
Resolución N° 10 ............................................................... Pag. 6
Resolución N° 9 ................................................................. Pag. 6
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS OCHEN-
TA -SERIE “A”-. En la ciudad de Córdoba, a veintinueve días del mes de
septiembre del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su Titular Dr.
Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del
Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María de las Mer-
cedes BLANC DE ARABEL, Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO y Se-
bastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador Ge-
neral del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTA: La necesidad de contar con una Ocina Única de Conciliación de
los Juzgados en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia de Primera y
Segunda Nominación, respectivamente, del Centro Judicial de Alta Gracia
de la Primera Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: Que es atribución de este Cuerpo jar la Estructura
de Órganos de asistencia a dicho Tribunal (art. 12 inc. 32º de la Ley orgáni-
ca del Poder Judicial N° 8435),
SE RESUELVE: Artículo 1°.- CREAR para los Juzgados en lo Civil y Co-
mercial, Conciliación y Familia de Primera y Segunda Nominación, respec-
tivamente, del Centro Judicial de Alta Gracia de la Primera Circunscripción,
una dependencia la que se individualizará como “Ocina Única de Conci-
liación”.
Artículo 2°.- DISPONER que dicha dependencia comience a funcionar a
partir del 15 de noviembre del corriente año, la que estará a cargo de un
Prosecretario Letrado que oportunamente le sea asignado.
Artículo 3°.- PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia. Comuní-
quese a la Delegación de Administración General local, a los titulares de
las dependencias mencionadas, Federación y Colegios de Abogados de
la Provincia, al Colegio de Abogado de dicha Sede y dése la más amplia
difusión. Tome razón Ocina de Personal y Ocina de Asistencia y Coordi-
nación de los Centros Judiciales del Interior de la Provincia.-
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su conte-
nido, rman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia
del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan RO-
SEMBERG.
FDO: DR. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE / DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VO-
CAL / DRA. M. DE LAS MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL / DR. CARLOS F.
GARCÍA ALLOCCO, VOCAL / DR. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL / LIC.
RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1360
Córdoba, 14 de Octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0109-108109/12 del registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución N° 0891/14 y su modicatoria N°
1077/14, ambas de la entonces Dirección General de Nivel Inicial y Prima-
rio, mediante las cual se propicia, “ad referéndum” de la Superioridad, el
cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario “MONSEÑOR LUIS
ROSENDO LEAL” de Tosno, Departamento Minas, y el cambio de imputa-
ción del cargo de la docente Cecilia Elizabeth VERA.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
cos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, De-
creto-Ley N° 1910/E/57 y su Reglamentario N° 3999/E/67 y Decreto N°
41009/A/38, encontrándose tales determinaciones técnica, administrativa
e institucional plasmadas en las resoluciones de marras.

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