Acuerdo Reglamentario Número Cincuenta - de 25 de Septiembre de 2007

Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2007
Córdoba, 27 de setiembre de 2007 BOLETÍN OFICIAL
AÑO XCV - TOMO DXII - Nº 184
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 27 DE SETIEMBRE DE 2007
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SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
Acuerdos
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO CINCUENTA -
SERIE “B” - En la ciudad de CORDOBA, a veinticinco días del
mes de septiembre del año dos mil siete, con la Presidencia de su
titular Dr. Armando Segundo ANDRUET (h) se reunieron para
resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia,
Doctores María Esther CAFURE DE BATTISTELLI, Aída Lucía
Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, M. de las Mercedes
BLANC G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCÍA
ALLOCCO, con la asistencia del Director General de
Administración, a cargo de la Dirección de Servicios Judiciales,
Lic. José María Las Heras y ACORDARON:
Y VISTA: La necesidad de establecer las disposiciones que
optimicen la función judicial tendientes a facilitar y transparentar,
entre otras, la designación por sorteo cuando corresponda de
los Peritos Judiciales, que deberán actuar en los tribunales de
los fueros Civil y Comercial y Laboral del Centro Judicial de la
Capital, de conformidad a lo dispuesto por el art. 5) del Acuerdo
Reglamentario Nro. 3, Serie “B” del 22 de setiembre de 1994.-
Y CONSIDERANDO: 1.– Que en el marco de las
atribuciones de superintendencia que este Tribunal Superior
ejerce en virtud de lo dispuesto por el art. 166 inc. 2º de la
Constitución de la Provincia y art. 12, incs. 15º y 32° de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N° 8435, es de su
incumbencia reglamentar la inscripción y designación de los
Peritos Judiciales.
2.- Que con el objetivo de mejorar el sistema actual de sorteo
para el nombramiento de Peritos Judiciales en juicios y el
aprovechamiento integral de la tecnología informática disponible,
resulta oportuno y conveniente que mediante los Sistemas de
Administración de Causas del los fueros Civil y Comercial y Laboral
implementados para los tribunales de la Sede Judicial Capital, se
permita realizar el sorteo informático de peritos según las distintas
especialidades que conforman las respectivas Listas, que garantice
un procedimiento que asegure aleatoriedad y equidad en las
designaciones.
3.- Que de los desarrollos informáticos realizados por la Dirección
de Informática y las propuestas formuladas por la Dirección de
Servicios Judiciales, se ha elaborado un proyecto integral,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS JUDICIALES
tendiente a simplificar los procedimientos de trabajo y la aplicación
de nuevos módulos de información disponible para los operadores
del quehacer judicial..-
Por ello, y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución
Provincial y 12 incs. 15° y 32° de la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Provincia N° 8435,
SE RESUELVE: Artículo 1.- DISPONER que a partir del día 1
de octubre de 2007, cuando en una causa que tramite en el fuero
Civil y Comercial o Laboral de los Tribunales de la Sede Judicial
Capital, se requiera el nombramiento de un Perito Judicial, se
realizará desde el respectivo módulo habilitado a tal fin, en el
Sistema de Administración de Causas del fuero correspondiente.
Artículo 2.- COMUNÍQUESE a los Secretarios y Tribunales
involucrados. Notifíquese a la Federación de Colegios de Abogados
de la Provincia de Córdoba, al Colegio de Abogados de Córdoba
y a los Colegios o Consejos Profesionales con asiento en la ciudad
de Córdoba.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
incorpórese a la página Web del Poder Judicial y dése la más
amplia difusión.- Protolícese.-
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su
contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con
la asistencia del Lic. José María Las Heras, Director General de
Administración, a cargo de la Dirección de Servicios Judiciales.-
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Nuevas disposiciones a partir del 1º de octubre de 2007
FUERO CIVIL Y COMERCIAL O LABORAL - SEDE JUDICIAL CAPITAL - PERITO JUDICIAL
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESOLUCION Nº 259 “A” Córdoba, 12 de Julio de 2007
VISTO: El Expediente Nº 0007-064253/07 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACIÓN CORDOBA
FUTBOL” con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Departamento Civiles, se ha
verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
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RESOLUCION Nº 296 “A” Córdoba, 06 de Agosto de 2007
VISTO: El Expediente Nº 0007-063355/07 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ACTUALIDAD EDUCATIVA PARA
LA FORMACIÓN Y CAPACITACION DOCENTE-ASOCIACION
CIVIL” con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Departamento Civiles, se ha
verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
Resoluciones

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