Acuerdo Reglamentario Nº 104 - “c”

Fecha de la disposición18 de Junio de 2010
BOLETÍN OFICIAL
CÓRDOBA, 30 de julio de 2010
AÑO XCVIII - TOMO DXLVI - Nº 142
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 30 DE JULIO DE 2010
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SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
Acuerdo Reglamentario Nº 104 - “C”.
En la Ciudad de Córdoba, a dieciocho días
del mes de junio del año dos mil diez, con la Presidencia de su Titular, Dra. María de las Mercedes
BLANC G. de ARABEL se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de
Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, Armando Segundo ANDRUET (h) y Carlos Francisco
GARCIA ALLOCCO, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr.
Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
VISTO: El Decreto Provincial Nº 2033/2009, mediante el cual se modifica el valor del índice fijado
en el inc. 1) del art. 110 de la Ley N° 7631, para efectuar Contrataciones Directas para la adquisición
de bienes y servicios, conforme los funcionarios autorizados del Poder Ejecutivo de la Provincia, los
cuales tienen vigencia en tanto las sucesivas leyes de Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial otorguen al Poder Ejecutivo la facultad de fijarlos.
CONSIDERANDO: Que el referido Decreto es continuidad del entonces Decreto Provincial Nº 70/
2009, en el marco de las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por las respectivas leyes que
aprueban el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial.
Que en tal sentido este Tribunal Superior, mediante Acuerdo Reglamentario N° 95/09 - Serie “C”,
equiparó las funciones del Administrador General de este Poder Judicial a las de Ministro del Poder
Ejecutivo Provincial, en relación a las facultades para autorizar y adjudicar contrataciones, en el
marco de los procedimientos establecidos en la Ley Normativa de Ejecución del Presupuesto N°
5901 - T.O. Ley N° 6300 y sus modificatorias, conforme lo dispuesto en el Decreto Provincial N° 70/
2009.
Que corresponde en esta instancia adecuar dicha equiparación en los términos del actual Decreto
Provincial N° 2033/2009, en consonancia con las leyes de presupuesto vigentes.
Que no obstante la “agilidad administrativa” promovida por tales decretos, mediante Resolución N°
148/09, el Tribunal de Cuentas de la Provincia estableció la intervención preventiva de todos los
actos que se refieran a la Administración de los Organismos del Estado comprendidos en la Ley de
Presupuesto General de la Provincia que importen gasto y que se efectúen a partir del 1 de febrero
de 2010, así como los emanados en función de la delegación efectuada por el art. 30 de la Ley N°
9575, que diera origen al Decreto Provincial N° 70/2009.
Por ello y atento las facultades conferidas en la Ley N° 9702 - Presupuesto General de la
Administración Pública Provincial para el año 2010 y en las que en lo sucesivo lo establezcan,
SE RESUELVE: 1.- ADECUAR lo dispuesto mediante Acuerdo Reglamentario N° 95/2009 - Serie
“C”, y en consecuencia, equiparar las funciones del Administrador General de este Poder Judicial a
las de Ministro del Poder Ejecutivo Provincial, para autorizar y adjudicar contrataciones, en los
términos del Decreto Provincial N° 2033/2009, por los motivos expuestos en el considerando del
presente instrumento legal.
2.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y dése la más amplia difusión.
Con lo que terminó el Acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora
Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor
Administrador General, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA.
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
PRESIDENTE
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET (H)
VOCAL
DR. CARLOS FRANCISCO GARCÍA ALLOCCO
VOCAL DR. GUSTAVO A. PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

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