Acuerdo Número: Dos de 03 de Diciembre de 2008

Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2008
Córdoba, 3 de diciembre de 2008 BOLETÍN OFICIAL
AÑO XCVI - TOMO DXXVII - Nº 229
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 3 DE DICIEMBRE DE 2008
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E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
ACUERDO NÚMERO: DOS (02)
En la Ciudad de Córdoba a veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil ocho, con la presidencia del Dr. Pablo Juan
María REYNA, se reunieron los Señores Miembros de la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley
9449, Sres. María Marta CÁCERES DE BOLLATI, Carlos Tomás ALESANDRI, Enrique Mario ASBERT y Gustavo
Argentino PORCEL DE PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO:
Que con fecha doce de noviembre del corriente año ha vencido el plazo para la recepción de inscripciones a los fines de los
concursos públicos instrumentados por Acuerdo N° 01/08 de esta Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz, con la
finalidad de cubrir los juzgados de paz vacantes en el territorio provincial.
Que numerosos interesados han manifestado por escrito que, no obstante haberlas solicitado en término, no tendrán diligenciadas
a la fecha de cierre de las inscripciones las certificaciones exigidas por el art. 16° inc. “f” de la Ley 9449, por demoras en su
tramitación no imputable a los mismos.
Y CONSIDERANDO:
Que esta Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz posee facultades, conforme la Ley 9449, para disponer una
prórroga en el plazo de presentación de tal requisito, más aún teniendo en consideración que la demora no es imputable a los
interesados.
Que por otra parte corresponde, sin perjuicio de lo anteriormente expuesto y a los fines de avanzar en el análisis de las
solicitudes presentadas tendiente a la eventual declaración de inadmisibilidad, instruir a que por Secretaría de esta Junta se
proceda a la confección de los registros correspondientes.
Por todo ello y atento a lo dispuesto en los arts. 7°, 8° incs. “a”, “e”, “g” y concordantes de la Ley 9449, y arts. 14° inc. “b” y
28° del Acuerdo Reglamentario N° 01/08,
LA JUNTA DE SELECCIÓN Y CALIFICACIÓN DE JUECES DE PAZ
RESUELVE:
1) Disponer PRÓRROGA hasta el 22 de diciembre de 2008 para la presentación de las certificaciones exigidas por el art. 16°
inc. “f” de la Ley 9449, respecto de todos aquellos inscriptos que hubieren acreditado haber solicitado dicha documental en
término ante la autoridad pertinente.
2) Instruir a la Secretaría de esta Junta a fin de que en cumplimiento del presente acuerdo proceda a la confección de los
registros correspondientes a efectos de que esta Junta se aboque oportunamente al dictado del eventual acuerdo de inadmisibilidad
previsto en el art. 28° del Acuerdo Reglamentario N° 01/08.
3) Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por el plazo de tres (3) días y archívese.
DR. PABLO JUAN MARÍA REYNA
1° SUPLENTE
PODER EJECUTIVO
MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI
1° SUPLENTE
MINISTERIO PÚBLICO
CARLOS TOMÁS ALESANDRI
TITULAR
PODER LEGISLATIVO
ENRIQUE MARIO ASBERT
TITULAR
PODER LEGISLATIVO
GUSTAVO ARGENTINO PORCEL DE PERALTA
TITULAR
PODER JUDICIAL
3 dias - 31274 - s/c
ACUERDOS
JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN
DE JUECES DE PAZ

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