Acuerdo Número cincuenta y dos - Serie 'C'

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 171
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 1 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ciones de la entonces Dirección General de Arquitectura del cual surge el
Plazo de Obra (90 días) y vencimiento de Plazo, con fecha 6 de setiembre
de 2015.
Que la División Certicaciones de la citada Dirección informa que se ha
confeccionado Certicado Extraordinario de Pago a Cuenta del 20% y
registra un avance de obra a junio del 2015 del 40,19%.
Que la Sección de Estudio de Costos de la entonces Dirección General de
Arquitectura informa que se han producido variaciones en el precio de la
obra del 7,01% y 8,67% correspondientes a los meses de abril y julio de
2015, que implican montos a imputar por
$ 353.994,12 y $ 216.519,24, respectivamente, resultando en un monto
total a imputar de $ 570.513,36, importe resultante de aplicar al monto con-
tractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de utilidad invariable, cada
uno de los incrementos citados, ascendiendo el nuevo precio de la obra a
$ 6.181.452,10.
Que la partes dejan expresamente establecido (Cláusula sexta del Acta
Acuerdo) que una vez aprobada la referida Acta, se satisfacen total y ab-
solutamente sus intereses contenidos en la misma, relacionados con el
reajuste de precio de la obra, por lo que de pleno derecho se entenderá
que las partes renuncian a todo otro reclamo o derecho fundado en las
cláusulas expresadas en dicho acuerdo, todo ello de conformidad con las
previsiones del Artículo 16 del Decreto Provincial Nº 1133/2010, recticado
por su similar Nº 1231/2010.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2016/000162
que certica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 668 de fecha 9 de diciembre de 2015 del Depar-
tamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales de este Mi-
nisterio mediante el cual se expresa que, vericada la existencia del los
supuestos que tornan procedente la aplicación del Decreto N° 1231/10,
modicatorio de su similar N° 1133/10, puede emitirse el acto administra-
tivo correspondiente aprobando el Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precio por Reconocimiento de la primera y segunda Variación de Costos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales del
entonces Ministerio de Infraestructura con el N° 668/2015, y en uso de sus
atribuciones;
EL MINISTRO DE VIVIENDA,
ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la primera y segunda Variación de Costos corres-
pondiente a los meses de abril y julio de 2015 por trabajos faltantes de
ejecutar en el Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles de la Insta-
lación Eléctrica y la ejecución de la Obra: “ILUMINACIÓN ORNAMENTAL
PUENTES DEL BICENTENARIO Y EDIFICIO CENTRO CÍVICO, ubicados
en Avda. Costanera y Rosario de Santa Fe – Bº General Paz – CÓRDOBA
– DEPARTAMENTO CAPITAL, por la suma total de Pesos Quinientos Se-
tenta Mil Quinientos Trece con Treinta y Seis Centavos ($ 570.513,36), sus-
cripta el día 3 de setiembre de 2015 entre el entonces Director General de
Arquitectura, Arquitecto Ricardo ROGNONI, por una parte, y el Apoderado
de la Empresa DOS SOLES S.R.L., señor Cesar Ignacio VIGNA, contra-
tista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de CUATRO (4)
fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPUTÁSE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Quinientos Setenta Mil Quinientos Trece con Treinta y Seis Centavos ($
570.513,36), conforme lo indica la Dirección General de Administración
de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido)
N° 2016/00162, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida
12.06.00.00 del P.V.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la
Enmienda de Contrato por redeterminación de precio, debiendo la empre-
sa DOS SOLES S.R.L., integrar el importe adicional de garantía de cum-
plimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Di-
rección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial, pase a la Secre-
taría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDP. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Anexo: http://goo.gl/AkFhjA
PODER JUDICIAL
ACUERDO NUMERO CINCUENTA Y DOS - SERIE “C”
En la ciudad de Córdoba, a ocho días del mes de Abril del año dos mil
dieciséis, con la Presidencia de su Titular, Dr. Domingo Juan SESIN, se re-
unieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia,
Dres. Luis Enrique RUBIO, Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO y María
Marta CACERES de BOLLATI; con la asistencia de la Señora Directora
del Área Administración, a cargo de la Administración General del Poder
Judicial, Cra. Beatriz ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON:
VISTO:
El expediente Nº 0180-018744/2016, por el cual se propicia la formalización
de compensaciones de Recursos Humanos, asignados por el Presupuesto
General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1314 de fecha 17 de Agosto de 2011, se faculta a los
titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración
Central a autorizar las modicaciones presupuestarias compensadas entre
cargos de planta permanente asignados dentro de su misma jurisdicción
que se encuadren en el artículo 31 de la Ley Nº 9086.
Que asimismo la normativa legal dispone que se formalicen dichas modi-
caciones mediante el dictado de una Resolución.
Que por Decreto Nº 2881 de fecha 30 de diciembre de 2011, se reesta-
blecieron las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada
uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central sobre la
materia.
Que en el marco de la política de reestructuración de la planta de personal
instituida por este Alto Cuerpo para el año 2016, que mejor se adapte a las
necesidades de funcionamiento de la Administración de Justicia, en pos de
alcanzar una Sistema Judicial más eciente y ecaz para la ciudadanía, y
en cumplimiento con los principios Constitucionales establecidos en nues-

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