Acuerdo N° 219 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 84
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 4 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
El plazo precedente deberá computarse a partir de la fecha de aprobación
del Orden de Mérito Denitivo. Éste caducará de modo expreso, por lo que
quienes al cumplirse el plazo no hayan sido designados de forma interina o
efectiva en cargo vacante en base a dicho listado, deberán volver a rendir
independientemente del puntaje que hayan alcanzado en el mismo.
Artículo 13.- EXCLUSIÓN
QUEDARÁ automáticamente excluido del Proceso de Concursos y sin per-
juicio delas actuaciones disciplinarias pertinentes:
a) El aspirante que personalmente o por intermedio de terceras personas
pretendainuir en su designación;
b) Quien falsee los datos requeridos por declaración jurada;
c) Quien asuma actitudes indecorosas o irrespetuosas en el proceso de
selección;
d) Quien incumpla las pautas establecidas para el desarrollo del examen.
El TribunalExaminador procederá al retiro de la evaluación, labrando un
acta con las constanciasdel caso, la que deberá ser rmada por éste, los
responsables de la Ocina deConcursos y Junta de Calicaciones, el con-
cursante excluido y los veedores, sihubiere.
En todos estos casos, será inhabilitado a rendir los exámenes de otros
concursos en losque estuviere inscripto, con la prohibición de presentarse
al llamado de futurosconcursos, por el término de cinco (5) años, contados
a partir de acontecida la falta. Dicharesolución será irrecurrible.
Artículo 14.- DESIGNACIONES: REQUISITOS A CUMPLIMENTAR –
EFECTOS - DIFERIMIENTO
LAS designaciones dispuestas por el Tribunal Superior de Justicia tendrán
el carácter de provisorias durante un plazo de hasta seis (6) meses, sujeto
a las siguientes condiciones:
a) Evaluación funcional del tribunal o dependencia en donde presta ser-
vicio, debiendo computarse al efecto el período en que el agente prestó
servicios en calidad de interino o suplente en el mismo órgano judicial. El
Superior Jerárquico del nominado podrá solicitar con antelación a los seis
(6) meses de ejercicio de la función, la conrmación anticipada del mismo.
Para la conrmación el Superior Jerárquico deberá presentar un informe
circunstanciado que avale tal decisión. La evaluación en informe circunstan-
ciado que sea negativa, en dos oportunidades, por parte de dos Superiores
Jerárquicos diferentes, determinará la exclusión automática del agente del
resto de los órdenes de mérito vigentes para el mismo cargo presupuestario
en los que se encuentre.
b) Deberá cumplimentar en dicho plazo con el informe de aptitud psi-
co-física, el que será elaborado por parte delaOcina de Medicina Laboral
del Área de Recursos Humanos sobre la base de los antecedentes clínicos
registrados en dicha dependencia. En caso de estimarse necesario, podrá
requerirse del nominado la realización de estudios complementarios.
En igual lapso, deberá presentar informe del Registro Nacional de Rein-
cidencia, certicado de Buena Conducta expedido por la Policía de la Provin-
cia de Córdoba, Certicado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos
(Ley nº 8892), Constancia de su situación electoral (Ley 19.945, arts. 12,
125 y 126 y Ley Provincial 8.767, arts. 11, 104 y 109), Constancia del Regis-
tro Público de Juicios Universales de no encontrarse concursado o fallido,
Constancia de no encontrarse en Registro de Deudores comerciales (Veraz,
Seven, etc.) o del sistema bancario (B.C.R.A.), Constancia expedida por la
Dirección General de Rentas de la Provincia, sobre su situación tributaria.
c) Dentro del plazo asignado, debe acompañar la constancia de la Es-
cribanía General de Provincia que acredite haber satisfecho la declaración
jurada de bienes exigidas por la legislación vigente.
d) Aprobar dentro del plazo asignado, o su prórroga, el Programa de Intro-
ducción a la Gestión para Funcionarios/as Judiciales.
Este Tribunal se reserva la facultad de designarlo en aquella sede judicial
donde las razones de servicio lo requieran. En caso que el aspirante no
acepte o no responda en tiempo y forma a la designación para la sede que
ha sido convocado y en la cual se había inscripto, quedará excluido del Or-
den de Mérito respectivo, manteniéndose, si estuviera, en el resto de los
listados.
Ante una propuesta de designación, los aspirantes podrán diferir
su nombramiento hasta en dos (2) oportunidades siempre que entre una
propuesta y otra hayan transcurridos al menos seis (6) meses.
El Tribunal podrá, cuando exista necesidad fundada de ello, designarlo en un
Centro Judicial diferente al elegido por el postulante. La designación se hará
del Orden de Mérito de la sede más cercana donde exista el requerimiento y
bajo la condición de por concurso.
Una vez que el postulante sea designado efectivo en el cargo concursado,
quedará excluido automáticamente del resto de los órdenes de mérito vigen-
tes o concursos en trámite para el mismo cargo presupuestario en los que
se encuentre.
Artículo 15.- VEEDORES
SE INVITA a las Asociaciones de Magistrados y Funcionarios y Gremial
deEmpleados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a proponer
hasta diez (10) díasprevios a la fecha que se establezca para el examen,
un veedor en el presente concurso, conlas facultades para interiorizarse de
su tramitación y desarrollo en todo lo que no sea secretopara los aspirantes
y formular sugerencias, conforme la modalidad que establezca elTribunal
Examinador.
Artículo 16.- PUBLICIDAD
PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia. Incorpórese en el Sitio
Ocialde Internet del Poder Judicial y en el Portal de Aplicaciones (Intranet).
Comuníquese porcorreo electrónico a todas las cuentas ociales del Poder
Judicial de Córdoba, a la Ocina de Asistencia y Coordinación los Centros
Judiciales delInterior de la Provincia, al Colegio de Abogados de la Provincia
de Córdoba, AsociaciónGremial de Empleados del Poder Judicial y a las
Delegaciones de Administración Generaldel interior de la Provincia. Remí-
tase copia del presente a los señores Miembros delTribunal Examinador y
Comisión Colaboradora y a las Áreas aludidas.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y raticación de su contenido,
rman laSeñora Presidente y los Señores Vocales, con la intervención del
Sr. Fiscal General de la Provincia,con la asistencia del Señor Administrador
General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.
FDO: Dra. AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE / Dr. DOMINGO JUAN SE-
SIN, VOCAL / Dr. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL / Dr. SEBASTIAN CRUZ
LOPEZ PEÑA, VOCAL / Dr. ALEJANDRO OSCAR MOYANO, FISCAL GE-
NERAL DE LA PROVINCIA / Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG, ADMINIS-
TRADOR GENERAL
ANEXO: https://goo.gl/8k2zyX
ACUERDO NÚMERO DOSCIENTOS DIECINUEVE SERIE “A”En la ciu-
dad de Córdoba, a veintiséis días del mes de abrildel año dos mil diecisie-
te, bajo la Presidencia de su titular DoctoraAida Lucia Teresa TARDITTIse
reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doc-
tores, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIOy Sebastián Cruz LOPEZ
PEÑAcon la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan
ROSEMBERGy ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir

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