Acuerdo N° 11 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Agosto de 2021
EmisorCÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 176
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 27 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y
COMERCIAL 9° NOMINACION - TRIBUNALES I
Acuerdo N° 11
En la Ciudad de Córdoba, a los veinticuatro días del mes de Agosto de
dos mil veintiuno, se reúnen los Señores Vocales de las Cámaras de
Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Novena Nominación
de esta Ciudad, con competencia exclusiva y excluyente en materia
concursal en la Primera Circunscripción Judicial, a los fines de confec-
cionar la Lista de Evaluadores, en cumplimiento de lo dispuesto por el
art. 262 de la ley 24.522.
Y VISTO: La necesidad de confeccionar nueva lista de Evaluadores para
ser utilizada en los Juzgados con competencia concursal de la Primera
Circunscripción Judicial.-
Y CONSIDERANDO:
I. Que, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas acompañó una
única solicitud de inscripción de los Estudios de auditorías aspirantes a
integrar la Lista de Evaluadores para la Primera Circunscripción Judicial
presentada ante esa entidad profesional.-
II. Que a pesar de la difusión efectuada a los nes de las pertinentes ins-
cripciones no hubo presentación alguna por parte de Bancos de inversión y
Entidades autorizadas por el Banco Central de la República Argentina.
III. Descartada la presencia de las entidades mencionadas preceden-
temente, analizadas las declaraciones juradas y los antecedentes presen-
tados por el único aspirante a integrar la lista de evaluadores, se advierte
que ha acreditado la formación profesional, experiencia y antigüedad re-
queridas por la ley 24.522. Asimismo, corresponde mencionar que quien
se postula ha integrado la lista de evaluadores conformada por Acuerdo
Administrativo Número Dos de fecha nueve de Marzo de dos mil diecisiete,
cuya vigencia está próxima a expirar. En consecuencia corresponde formar
la lista de evaluadores con el siguiente estudio de auditoría: 1- RABAL
ALFREDO DANIEL GUSTAVO
Por lo expuesto precedentemente,
SE RESUELVE:
I. Conformar la lista de evaluadores con vigencia a partir del uno
de noviembre de dos mil veintiuno (01/11/2021) con el siguiente estudio de
auditoría:
RABAL ALFREDO DANIEL GUSTAVO
DNI: 10.906.831
M.P. 10-07938-6
DOMICILIO: AV. TRONADOR 1792, Bº PARQUE CAPITAL, CORDOBA.
CORREO ELECTRONICO: ADANIELRABAL@GMAIL.COM
II. Comunicar el presente Acuerdo al Área de Administración del
Excmo. Tribunal Superior de Justicia y a los Sres. Jueces con competencia
concursal, remitiéndoles a estos últimos copia del presente Acuerdo.
III. Protocolícese.
FDO: MARTÍNEZ, VERÓNICA F.; CHIAPERO, SILVANA; CARTA DE CARA, DELIA I.;
PUGA, MARÍA MÓNICA; FLORES, FERNANDO M.; ARRAMBIDE, JORGE E.

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