ACTAS N° 2395/GCABA

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ACTAS N° 2395/ GCABA

Acta N 2.395. Puntos 1, 14 y 15

Buenos Aires

ACTA DE DIRECTORIO N° 2.395-D/09

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2009.

PUNTO N° 1: Ceder a título gratuito el dominio de la Mz. 1E, Parcela 4, Sección 78, Circ. 1, Matrícula 1-92302 y el dominio de la Mz. 1H, Parcela 3, Sección 78, Circ. 1, Matrícula 1-92311 al dominio privado del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser destinados a la Dirección General de Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Visto la Nota N° 8.898/IVC/2008, y,

Considerando: Que por la actuación señalada en el Visto, la Unidad Banco de Inmuebles y Tierras de este Organismo propicia la regularización dominial de los predios indicados.

Que en ese sentido informó que: "...los predios identificados catastralmente como Secc. 78, Mza. 1E, Parc. 4 y Secc. 78, Mza. 1H, Parc. 3, pertenecen a este Instituto, formando parte de las tierras remanentes dentro del B° Piedrabuena. Que en el relevamiento hecho por la Subgerencia Banco de Inmuebles (...), se corroboró que en dichas parcelas se encuentran funcionando Guarderías."

Que a fs. 5 el Centro de Acción Familiar de la Subsecretaria Gestión de la Acción Social de la Secretaria de Promoción Social informó que: "...el Centro de Acción Familiar N° 8 esta emplazado en el predio identificado catastralmente como Sección 78 Mza 1E, Parc. 4 y Sección 78, Mza 1H, Parc.3, del Barrio Comandante Piedrabuena..."

Que a fs. 6 tomó intervención la Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social y solicitó que: "... se realice el traspaso y modificación de destino para la Dirección General de Niñez y Adolescencia del predio donde esta emplazado el Centro de Acción Familiar N° 8, sito en la Av. Piedrabuena N° 3741, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El CAF N° 8 brinda servicios a la comunidad del Barrio Piedrabuena y áreas circundantes desde el año 1980 y sería una gran pérdida que los niños, niñas y adolescentes del barrio no puedan realizar sus actividades en atención a que el inmueble sea destinado a otra actividad."

Que de los informes sobre asiento vigente obrantes a fs. 11/12/13 y 18/19/20 surge que este Organismo es el titular dominial de los predios en cuestión.

Que la Gerencia Regularización Dominial y Notarial no tiene observaciones que formular respecto a las transferencias propiciadas.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó competente intervención.

Que en virtud del proceso de regularización dominial resulta necesario transferir a título gratuito al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el fin de regularizar los inmuebles de este Organismo que no tengan por destino la construcción de viviendas.

Que el Art. 6 de la Ley N° 1.251/2003, estipula que el Instituto de Vivienda se encuentra facultado a transferir al...

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