Acta N° 6688/IVC/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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ACTA DE DIRECTORIO N.º 6688/IVC/21
Buenos Aires, 6 de agosto de 2021
VISTO: el EX-2021-21014314-GCABA-IVC, Las leyes nacionales N° 24.295 (t.o 1994),
N° 25.438 (t.o 2001), N° 27.270 (t. o 2016), Nº 27.566, la Resolución N° 75/2019 de la
Secretaria de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la
Nación, las leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2.802, N° 2.930, N°
3.246 , N° 6.001, y;
CONSIDERANDO:
Que a nivel mundial se ha asumido que el cambio climático presenta efectos adversos
en todos los ámbitos de la vida humana y en los sistemas naturales, y ello se refleja en
la reducción de la calidad de vida de las personas, la degradación progresiva de los
ecosistemas y la ocurrencia cada vez más frecuente de desastres naturales;
Que la problemática referida al calentamiento global es motivo de debate constante a
nivel social y político por el conjunto de la comunidad internacional; a tal punto que
existe consenso científico suficiente para exigir una acción de los Estados en pos de
aminorar sus efectos;
Que en ese marco nuestro país adhirió a distintos instrumentos internacionales,
comprometiéndose a generar políticas públicas que propicien la reducción de los
efectos nocivos de la actividad humana sobre el ambiente y la humanidad;
Que entre los principales instrumentos suscriptos por nuestro país, con el objetivo de
reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del
desarrollo sostenible, se encuentra la Convención Marco de las Naciones Unidas
sobre el Cambio Climático, cuyo fin es que los países parte se comprometan a
disminuir las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera y que el
desarrollo económico sea de manera sostenible; el Protocolo de Kyoto, donde se
intenta que los países partes propicien la eficiencia energética en los distintos sectores
de la economía nacional; y el Acuerdo de París, por el cual se extienden las medidas
para intentar mantener la temperatura media mundial, reconociendo que ello reduciría
considerablemente los riesgos y los efectos nocivos del cambio climático;
Que, en este marco, la Ciudad de Buenos Aires, mediante el dictado de diferentes
normativas y acuerdos internacionales, ha implementado diferentes políticas públicas
tendientes a la mitigación y adaptación al cambio climático;
Que, en este sentido, mediante la sanción de la Ley N° 3.871, se establece que la
Ciudad deberá generar las acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de
adaptación y mitigación al Cambio Climático, tanto en el sector público como en el
privado;
Que, en este sentido, en relación al sector urbanístico y de la construcción, la Ciudad
debe desarrollar estudios que permitan la elaboración de normas que conduzcan al
aprovechamiento de las condiciones climáticas, la promoción de una revisión del
marco normativo relativo a la planificación territorial y usos del suelo, a la evaluación
del impacto del cambio sobre los sectores del transporte, de provisión de agua y del
consumo de energía por vivienda;
Que, a partir de la mencionada norma, el poder ejecutivo de la Ciudad elaboró el “Plan
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6192 - 12/08/2021

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