Acta N° 5747/IVC/20

EmisorMinisterio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición21 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ACTA DE DIRECTORIO N5747/IVC/20
Buenos Aires, 17 de enero de 2020
VISTO: El EX-2019-31675016-GCABA-IVC-, y.
CONSIDERANDO:
Que por EX-2019-31675016-GCABA-IVC tramita la Contratación Directa por
Exclusividad N° 61/19 cuyo objeto es la Contratación del Servicio de Mantenimiento
preventivo y correctivo del Sistema SAC (Sistema de Administración de Cartera);
Que mediante ME-2019-31549087-GCABA-IVC la Gerencia Operativa Modernización
"(...) solicita la autorización para la contratación del Servicio de Mantenimiento
preventivo y correctivo del Sistema SAC (Sistema de Administración de Cartera) en
uso en el IVC (...)" manifestando que "(...) es de fundamental importancia para el IVC,
en razón de que, el sistema SAC constituye la principal herramienta tecnológica
operativa en el Instituto, para administrar la recaudación de las cuentas activas que
integran la cartera de créditos, como así también permite la operación del ciclo
completo del área de créditos, incluyendo la emisión de chequeras, cancelaciones,
actualizaciones de intereses punitorios, imputaciones, campañas de mora,
administración de mandatarios, etc.";
Que asimismo agrega que "(...) reviste fundamental importancia ya que permite el
correcto mantenimiento de las bases de datos y otros elementos del sistema, y permite
la pronta resolución de errores típicos de un proceso de alta complejidad.";
Que finalmente expresa que "(...) este trabajo es realizado por la empresa proveedora
del software, propietaria de los programas fuente que constituyen el sistema, por lo
que corresponde que en este caso, la empresa EIV realice el mantenimiento
preventivo y correctivo del software dado que es la única que puede brindar el
servicio.";
Que mediante ME-2019-31652105-GCABA-IVC la Gerencia General autoriza dicha
contratación;
Que mediante IF-2019-34433974-GCABA-IVC, la Gerencia Operativa Modernización
aclara que "(...) no existen sustitutos convenientes en el mercado.(...)";
Que la Gerencia Operativa Adquisición de Bienes y Servicios elaboró el Pliego de
Condiciones Particulares y Anexos (PLIEG-2019-33974237-GCABA-IVC ) de donde
surge efectuar la presente Contratación conforme las disposiciones del Art. 28 Inciso 5
de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones (Texto consolidado por Ley Nº 6017 -
BOCBA N° 5485 del 25/10/2018), reglamentada por el Decreto Nº 168/19 (BOCBA N°
5623 del 23/05/19) y su modificatorio Decreto N° 2017/19;
Que a través del IF-2019-35270115-GCABA-IVC la Gerencia Operativa Licitaciones de
Obra Pública, Contrataciones y Adjudicaciones emitió su opinión de competencia,
prestando conformidad al procedimiento de selección propuesto de acuerdo a las
facultades de supervisión otorgadas mediante el Art. 4° del Acta de Directorio N°
ACDIR-2018-4853-IVC, y realizó observaciones a la documentación 3 licitatoria
agregada en Orden 18, siendo receptadas por la Gerencia Operativa Adquisición
Bienes y Servicios (PLIEG-2019-35378612-GCABA-IVC );
Que por Acta de Directorio Nº ACDIR-2018-5018-IVC, de fecha 20 de Diciembre de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5784 - 21/01/2020

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