Sentencia de Sala II, 5 de Marzo de 2009, expediente 27.590

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2009
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Sala II Causa n°27.590 "A., J.E. s/excepción de falta de acción"

J.. Fed. N°12 - Secretaría n°23

Expediente n°14.217/2003/333

Reg. n° 29.572

Buenos Aires, 5 de marzo de 2009.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 102/12 por él doctor J.M.M., defensor oficial ad hoc de J.E.A.,

contra la resolución que luce a fojas 102/4 en cuanto no hace lugar a la excepción de falta de acción promovida en la presentación que luce a fojas 1/6 de este incidente.

II- Se adelanta que habrá de confirmarse la resolución del instructor que rechaza in límine la solicitud de la defensa de apartar de su rol de querellante a la "Liga Argentina por los Derechos del Hombre", "Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora", "Asociación ex Detenidos Desaparecidos",

"Movimiento Ecuménico por los Derechos del Hombre", "Comité de Acción Jurídica", "Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina" -FIDELA-,

"Abuelas de Plaza de Mayo", "Centro de Estudios Legales y Sociales" -CELS- y cualquier otra organización que se encuentre actuando en la causa, cuya presentación no se adecue al criterio que surge de la resolución emitida por la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal (causa n°9501, reg. n°13.337, rta. el 16/10/2008, que acompañó en fotocopias fs.3/6).

III- En efecto, comparte el Tribunal lo dicho por el magistrado, en cuanto a que esta Alzada analizó en reiteradas ocasiones las peticiones de las defensas relacionadas con el apartamiento de las querellas, e insistentemente señaló que:

"...desde hace tiempo esta Cámara viene sosteniendo un criterio amplio en materia de legitimación para asumir el rol de querellante (ver, de la Sala I: Causa n° 27.886 AZapetal@ del 28/8/1996, reg. n°741; Causa n° 28.054

APluspetrol Energy S.A.@ del 26/11/1996, reg. n°1052; Causa n°35.540 ASpicacci Citarella@ del 14/8/2003, reg. n° 692, Causa n° 36.260 AMovimiento Ecuménico por los Derechos Humanos@, del 13/5/2004, reg. n°44.; y de la Sala II: Causa n°13.836 AIncidente de Apelación de Cuneo Libarona@ del 21/11/1997, reg n°

14.919; Causa n°17.768 ASimón s/procesamiento@, del 9/11/2001, reg. n°19.193;

Causa n°17.889 AIncidente de apelación de Simón@, del 9/11/2001, reg. n°19.192;

Causa n°18.377 ADel Cerro@, del 27/2/2002, reg. n°19.492; y Causa n°22.776 A

Rei, V.E., rta el 3/8/2005, reg. n°23.985 -entre muchas otras-).

"...en miras a la gravedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR