Acordada 24/00 C.S.J.N. Reglamento para el funcionamiento de la Oficina de Subastas Judiciales

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1. En la Oficina de Subastas Judiciales se llevarán a cabo todas las subastas de inmuebles, muebles, derechos, valores mobiliarios y semovientes ordenados por los señores magistrados a realizarse en la Capital Federal, con el control y supervisión del jefe de la misma (acordada 10/99).

2. Hasta tanto se habilite el inmueble afectado por la acordada 10/99 del Tribunal y de acuerdo con el convenio suscripto por el Señor Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios, Mutual de la Capital Federal con fecha 2/6/00, la Oficina de Subastas Judiciales funcionará temporariamente en la sede de esta institución, sita en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón nº 1233 de esta ciudad.

3. El edificio y las salas de remate de la Corporación permanecerán abiertos para su utilización todos los días hábiles desde la hora 8.00 hasta las 16.00, pero su cierre estará sujeto a la finalización de todas las subastas fijadas para el día.

4. La Oficina de Subastas Judiciales recibirá la comunicación del juzgado que ordena el remate y/o subasta con las constancias que llevará el edicto, asignará el turno y tendrá a su cargo la organización y control del desarrollo del acto. En el caso de los inmuebles las fechas se asignarán respetando el orden de ingreso de dichas comunicaciones; y para los muebles, derechos, valores mobiliarios y semovientes se concentrarán todos en un día, quedando a resolución del encargado de la dependencia cuantas veces al mes corresponde.

5. La Oficina de Subastas Judiciales llevará un libro de registro de las subastas en el que dejará constancia de la comunicación, la asignación del turno y el resultado del remate con los datos del martillero interviniente y del comprador.

6. Para posibilitar una mayor publicidad el edificio de la Corporación contará con un exhibidor en el que se anunciarán los remates con una síntesis del edicto.

7. En los edictos y demás publicidad adicional deberá incluirse, entre los conceptos a abonar por el comprador en el acto de la subasta, el arancel aprobado por la Acor-dada 10/99 del veinticinco centésimos por ciento.

8. Una vez asignados los turnos y publicados los edictos el martillero deberá presentar en la Oficina de Subastas Judiciales una síntesis para su colocación en el exhibidor del edificio.

9. El Jefe de la Oficina de Subastas Judiciales tendrá la dirección del personal policial permanente destacado en el...

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