Acordada Ordinaria Nº 87-2022 de Cámara Nacional Electoral del 04-08-2022

Fecha04 Agosto 2022
Número de resolución87-2022
Poder Judicial de la Nación
US O OFI CI AL
ACORDADA NUMERO OCHENTA Y SIETE: En Buenos Aires, a los
cuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós, celebran el presente
Acuerdo, los doctores D.B. y S..H.C., actuando la
Secretaria Contratada de la Cámara Nacional Electoral doctora E.I.
.
G.. Abierto el acto por el señor P., doctor D..B., se
procede a tratar los asuntos que se indican a continuación, incluidos en el
Orden del Día y previa deliberación ACORDARON: PRIMERO: Atento al
pedido formulado por la E. Auxiliar M.E.M., de la
Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de la Capital
Federal y la opinión favorable vertida por la señora Juez Federal Electoral del
mencionado distrito a fojas tres, corresponde autorizar a la referida empleada a
realizar la actividad lucrativa solicitada -Redactora Creativa Publicitaria-, de
acuerdo a lo establecido por artículos octavo, inc. j) y noveno del Reglamento
para la Justicia Nacional, en tanto dicha actividad sea realizada fuera del
horario judicial y no importe la menor desatención a las tareas propias de su
cargo. (Expediente número “SC” mil ciento noventa y siete, año dos mil
veintidós). SEGUNDO: Atento a lo dispuesto mediante Resolución número
mil ciento setenta y siete, año dos mil veintidós, de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, designar en la Secretaría Electoral dependiente del
Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal, como Jefa de Despacho
contratada, hasta el treinta de noviembre de dos mil veintidós, a P...
.
E..R., actual O..M., y concederle licencia extraordinaria,
sin goce de haberes mientras dure su contratación. (Expediente número "SC"
mil doscientos ocho, año dos mil veintidós). TERCERO: Atento al informe
del Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la
Nación, conceder a la E. Auxiliar V..L.S., de la
Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de la Capital
Federal, prórroga de licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por
el término de cuatro días, a partir del catorce de julio de dos mil veintidós, con
vencimiento el diecisiete del mismo mes y año. A.o veintitrés, inciso a)
del Régimen de Licencias aprobado por A. número treinta y cuatro,
año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número “SC”
mil doscientos veintiséis -fojas uno-, año dos mil veintidós). CUARTO:
Atento a lo dispuesto mediante Resolución número mil setecientos setenta y

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