Acordada Ordinaria Nº 85-2009 de Cámara Nacional Electoral del 04-08-2009

Fecha04 Agosto 2009
Número de resolución85-2009
1
ACORDADA NUMERO OCHENTA Y CINCO: En Buenos Aires, a los
cuatro días del mes de agosto del año dos mil nueve, se reúnen en acuerdo en la
Sala de Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores Santiago Hernán
Corcuera, Alberto Ricardo Dalla Vía y Rodolfo Emilio Munné, actuando el
Secretario de la Cámara doctor Nicolás Deane. Abierto el acto por el señor
Presidente doctor Santiago Hernán Corcuera, se procede a tratar los asuntos que
se indican a continuación, incluidos en el Orden del Día y previa deliberación
ACORDARON: PRIMERO: Atento al pedido de prórroga de licencia
extraordinaria, por motivos particulares, sin percepción de haberes, formulado
por el Escribiente Ramiro Ignacio Castellanos, de la Secretaría Electoral
dependiente del Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal, por el término
de tres meses, a partir del primero de agosto de dos mil nueve y la opinión
favorable vertida por la señora Juez Federal Electoral, a fojas cuatro,
corresponde manifestar conformidad con dicho pedido y consecuentemente,
elevar fotocopia de las presentes actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la
Nación, a los fines de su consideración.-(Expediente número “SC” mil
trescientos tres, año dos mil nueve). SEGUNDO: Conceder a la Oficial María de
los Ángeles Cordón, de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal
Electoral de Córdoba, prórroga de licencia por enfermedad, con percepción de
haberes, por el término de treinta días, a partir del primero de julio de dos mil
nueve, con vencimiento el treinta del mismo mes y año.- Artículo veintitrés,
inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por acordada número treinta y
cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N.-(Expediente número
“SC” mil doscientos cuarenta y cinco, -fojas uno-, año dos mil nueve).
TERCERO: Conceder a la Oficial Mayor Norma Beatriz Chiantur, de la
Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de Córdoba,
prórroga de licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por el término
de treinta días, a partir del veinticinco de junio de dos mil nueve, con
vencimiento el veinticuatro de julio del mismo año.- Artículo veintitrés, inciso a)
del Régimen de Licencias aprobado por acordada número treinta y cuatro, año
mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N.- (Expediente número “SC” mil
doscientos cuarenta y seis, -fojas uno-, año dos mil nueve). CUARTO:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR