Acordada Ordinaria Nº 123-2022 de Cámara Nacional Electoral del 18-10-2022

Fecha18 Octubre 2022
Número de resolución123-2022
Poder Judicial de la Nación
US O OFI CI AL
ACORDADA NUMERO CIENTO VEINTITRES: En Buenos Aires, a los
dieciocho días del mes de octubre del año dos mil veintidós, celebran el
presente Acuerdo, los doctores D.B., A..R.D..V. y
S..H.C., actuando la Secretaria Contratada de la Cámara
Nacional Electoral doctora Elena I.G.. Abierto el acto por el señor
P., doctor D..B., se procede a tratar los asuntos que se indican
a continuación, incluidos en el Orden del Día y previa deliberación
ACORDARON: PRIMERO: Atento al informe del Departamento de
Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, conceder al
E.S..B., de la Secretaría Electoral dependiente del
Juzgado Federal Electoral de la provincia de Buenos Aires, licencia por
enfermedad, con percepción de haberes, por el término de cuarenta y un días,
a partir del cuatro de octubre de dos mil veintidós, con vencimiento el trece de
noviembre del mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de
Licencias aprobado por A. número treinta y cuatro, año mil
novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número “SC” mil
setecientos veintisiete -fojas uno-, año dos mil veintidós). SEGUNDO: Atento
al informe del Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder
Judicial de la Nación, conceder a la Escribiente Auxiliar M..A.
.
C., de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de
la provincia de Buenos Aires, prórroga de licencia por enfermedad, con
percepción de haberes, por el término de treinta y cinco días, a partir del tres
de octubre de dos mil veintidós, con vencimiento el seis de noviembre del
mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias aprobado
por A. número treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de
la C.S.J.N. (Expediente número "SC" mil setecientos veinticinco -fojas uno-,
año dos mil veintidós). TERCERO: Conceder al E.C.I.o
L.B., de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal
Electoral de la provincia de Buenos Aires, prórroga de licencia por
enfermedad, con percepción de haberes, por el término de treinta y cinco días,
a partir del diez de octubre de dos mil veintidós, con vencimiento el trece de
noviembre del mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de
Licencias aprobado por A. número treinta y cuatro, año mil
novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número "SC" mil

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR