Acordada H.C.S.J 647 / 2007 ACORDADA / 2007-09-11. Aviso Nro: 17820

Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2007
Número de Boletín26626
Fecha de Publicación21 de Septiembre de 2007

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N° 647, del 11/09/2.007. VISTO:

Expediente de Secretaría Administrativa N° 031/52-2007 - Agente de Retención del Tributo de Emergencia Municipal (TEM); y CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de marzo de 2007 (fs. 1) la Dirección de Ingresos Municipales de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán comunica a este Poder Judicial que mediante Resolución General N° 047/2006 (fs. 2/4) y Resolución Interna N° 0231/DIM/2007 (fs. 5/6) se procedió a designar agentes de retención del "Tributo de Emergencia Municipal y Tributo a la Publicidad y propaganda" a reparticiones dependientes del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán y Entes Autárquicos Descentralizados. Que en virtud de ello, el Poder Judicial de Tucumán deberá "... actuar como agente de retención de los Tributos arriba mencionados en los pagos que efectúen a los proveedores del Estado y a los contratistas y subcontratistas de obras y empresas constructoras por los trabajos y prestaciones que estos realicen". Que tal como surge de lo informado a fs. 100 por la Dirección de Control y Gestión, el Art. 44 bis del Código Tributario Municipal (incorporado mediante Ordenanza N° 3.188/02) citado en los mencionados instrumentos que otorgan el carácter de Agente de retención a este Poder Judicial, faculta a la Dirección de Ingresos Municipales a designar agentes de retención y/o percepción de los tributos para las contribuciones establecidas en dicho Código mediante resolución. Asimismo y tal como lo establece el Artículo 18° Bis (incorporado al Código Tributario por Ordenanza N°3809/06 del 24/11/2006) "...e/ Organismo Fiscal podrá establecer y reglamentar regímenes de retención, percepción, información y recaudación, cuando resulte necesario para la correcta administración de los tributos", por lo que corresponde ajustarse a lo dispuesto por la Resolución General N° 047/2006 y Resolución Interna N° 0231/DIM/2007 citadas. Que a fs. 108 la Dirección de Ingresos Municipales remite copia de normativa que da origen al presente expediente (Resolución General N° 047/2006 - fs. 110/112- y Resolución Interna N° 231/07 (113/114), y modelo de Constancia de retención para uso de este Poder Judicial a fs. 115. Que tal como informa a fs. 116 el Dpto. Previsional e Impositivo de Secretaría Administrativa, la citada Resolución General N° 047/2006 prevé las características que reviste la implementación del nuevo régimen normativo, a saber:

sujetos exentos (Art.2°), base imponible...

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