ACORDADA H.C.S.J 1355 / 2019 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de 4 de Noviembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor19 de Noviembre de 2019
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2019
Número de Boletín29619
Fecha de Publicación19 de Noviembre de 2019
Número de documento75375

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N° 1.355-2019.-

En San Miguel de Tucumán, a 4 de Noviembre de dos mil diecinueve, reunidos los señores Jueces de la Excma. Corte Suprema de Justicia que suscriben, y

VISTO:

Las Acordadas 932/07, 154/12, 99/19, 234/91; y

CONSIDERANDO:

  1. Que por Acordadas Nros. 932/07, 154/12 y 116/15, se estableció la implementación de manera progresiva del control de asistencia mediante la lectura de la huella dactilar de la totalidad de los empleados y funcionarios de Ley del Poder Judicial.

  2. Que el control del ingreso de los agentes judiciales mediante el sistema informático de escaneo de huella dactilar facilita la tarea de registro de la hora de ingreso y egreso laboral de los agentes. Su implementación en la Justicia de paz se toma especialmente relevante debido a la dificultad práctica de controlar la asistencia en los 72 Juzgados de Paz distribuidos en toda la provincia (con dos de ellos sin asiento físico), también cuenta con la ventaja de eliminar un gran número de planillas y reducir el uso del papel.

  3. Que el desarrollo tecnológico en constante avance permitirá seleccionar un software y los equipamientos informáticos que se adecuen a las características de cada Juzgado de Paz, ya que no todos cuentan con la posibilidad de conectarse a un sistema de red.

  4. Que, si bien el horario laboral establecido para el Poder Judicial de la Provincia es de 7 a 13 horas (art. 6- Acordada N° 234/91), la realidad de la Justicia de Paz torna conveniente modificar dicho horario de 7:30 a 13:30 horas, lo que permitirá una mayor eficiencia en la prestación del servicio de justicia.

    Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

    ACORDARON:

  5. MODIFICAR el horario de ingreso y egreso de todo el personal de la Justicia de Paz de 7:30 a 13:30 horas; sin perjuicio de que, mediante Resolución de Presidencia de esta Corte, se dispongan modificaciones particulares fundadas en razones funcionales y las circunstancias de cada caso.

  6. DISPONER que el horario de funcionamiento de Superintendencia de Juzgados de Paz sea de 7:30 a 13:30 hs., atento a lo considerado.

  7. IMPLEMENTAR, de forma progresiva, el control asistencia mediante el uso de huellas dactilares de los empleados y funcionarios de Ley del Poder Judicial, en todos los Juzgados de Paz de la provincia.

  8. PRESCRIBIR que:

    a)- Al momento de ingreso el personal judicial, ordenadamente, procederá a registrarse mediante la impresión...

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