ACORDADA H.C.S.J 1168 / 2016 ACORDADA Nº 1168 de 7 de Septiembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor16 de Septiembre de 2016
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2016
Número de Boletín28839
Fecha de Publicación15 de Septiembre de 2016
Número de documento55639

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N° 1168/2016, del 07/09/2016.

VISTO: Las actuaciones de Superintendencia N° 11407/16; y

CONSIDERANDO: Que el desdoblamiento de horarios, en oficinas jurisdiccionales y no jurisdiccionales, ha mostrado una notable optimización de los recursos humanos y tecnológicos, en aras a una mejor función judicial (Acordadas Nros. 763/07, 639/08, 152/09, 315/10, 397/10, 830/10, 323/11, 811/11).

Entre otros fueros, ello se ha implementado en las Fiscalías de Instrucción en lo Penal del Centro Judicial de Concepción, desde el 16 de junio de 2014, por Acuerdo N° 465/14, lo que ha incrementado la labor de las Fiscalías y, consecuentemente, también la de los Juzgados de Instrucción de dicho Centro Judicial.

En atención a los resultados generales positivos que se han obtenido a partir de la implementación del horario vespertino de trabajo, se dispondrá la habilitación, con atención al público, del turno tarde de los Juzgados de Instrucción en lo Penal del Centro Judicial Concepción a partir del día 3/10/16, en el horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 hs.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, encontrándose de licencia la señora Vocal, Dra. Claudia Beatriz Sbdar y en comisión (CAM), el señor Vocal Dr. Daniel Oscar Posse;

ACORDARON:

  1. DISPONER que se habilite el desdoblamiento de turnos en los...

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