Acordada Extraordinaria Nº 46-2023 de Cámara Nacional Electoral del 18-04-2023

Fecha18 Abril 2023
Número de resolución46-2023
Poder Judicial de la Nación
USO OFICIAL
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO CUARENTA Y SEIS: En Buenos
Aires, a los dieciocho días del mes de abril de dos mil
veintitrés, se reúnen en acuerdo extraordinario en la Sala de
Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores A..
.
R.D.V., S.H.C. y D.B.,
actuando el S. de la Cámara doctor S.S..
Abierto el acto por el señor Presidente doctor A.R..
.
D.V.,
CONSIDERARON:
1°) Que el Tribunal ha explicado (cf. Acs.
107/06, 22/07, 45/17 y 62/21 CNE) que “uno de los aspectos
vitales de todo proceso electoral es el adecuado funcionamiento
de las mesas receptoras de votos”, que el Código Electoral
Nacional pone a cargo de ciudadanos designados para actuar como
presidentes y suplentes de mesa.
Se expresó, en tal sentido, que las autoridades de
mesa tienen la tarea de velar por el correcto y normal
desarrollo del acto electoral (art. 76, cód. cit.) y, en tal
carácter, “controlan la emisión del sufragio de los ciudadanos,
realizan el primer cómputo de los resultados y preparan la
documentación decisiva para llevar a cabo el escrutinio
definitivo y la adjudicación de los cargos. Se encargan, en
consecuencia, de las operaciones esenciales de todo el proceso
electoral” (cf. Acs. 22/07, 45/17 y 62/21 CNE).
La confianza pública en la integridad de las
elecciones reposa, en buena medida, en que todas las cuestiones
esenciales del proceso de votación están a cargo de ciudadanos
y ciudadanas que son designados aleatoriamente entre el cuerpo
de electores, de modo que esas personas (cumpliendo una carga
pública irrenunciable) representan la máxima autoridad de los
comicios y la principal garantía de imparcialidad y neutralidad
en la conducción, control y juzgamiento de la jornada
electoral.
Por esto, suele decirse que los procesos
electorales no son un servicio público que uno o varios
organismos del estado proveen a los electores, sino que
constituyen el ejercicio de la soberanía popular por parte de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR