Acordada Extraordinaria Nº 10-2015 de Cámara Nacional Electoral del 24-02-2015

Número de resolución10-2015
Fecha24 Febrero 2015
Número de sentencia10-2015
Poder Judicial de la Nación
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO DIEZ: En Buenos Aires, a los
veinticuatro días del mes de febrero de dos mil quince, se
reúnen en acuerdo extraordinario en la Sala de Acuerdos de la
Cámara Nacional Electoral, los doctores Santiago Hernán
Corcuera, Alberto Ricardo Dalla Via y Rodolfo Emilio Munné,
actuando los Secretarios de la Cámara doctores Hernán
Gongalves Figueiredo y Sebastián Schimmel. Abierto el acto
por el señor Presidente doctor Santiago Hernán Corcuera,
CONSIDERARON:
1°) Que ya en otras ocasiones se ha explicado
que, sin perjuicio de la materia, la Cámara Nacional
Electoral comparte la superintendencia sobre los juzgados
federales con competencia electoral con las Cámaras Federales
de las respectivas jurisdicciones, lo cual tiene implicancias
directas en materia de subrogaciones (cf. Acordada N°
141/14). Así, en los casos de vacancia, ausencia u otro
impedimento de los jueces titulares, los reemplazos son
decididos con intervención exclusiva de dichas cámaras, según
la participación acordada por el Reglamento de Subrogaciones
aprobado por Resolución 8/14 del Consejo de la
Magistratura (cf. cit).-
En los supuestos de subrogaciones breves
aquéllas se limitan a informar a este Tribunal el
nombramiento efectuado, salvo el caso de la Capital Federal,
en el que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y
Correccional Federal dispuso que “sea la Cámara Nacional
Electoral la que entienda en la designación de un magistrado
de ese fuero, en cuanto corresponda a la competencia
electoral que ejerce el Juez a cargo del Juzgado nacional en
lo Criminal y Correccional Federal N° 1” (cf. Ac. 45/01).-
2°) Que actualmente existen situaciones de
subrogaciones prolongadas en los juzgados federales con
competencia electoral de los distritos de Buenos Aires,
Catamarca, Formosa, La Pampa, Misiones, Salta y Santa Cruz.-
En los casos de Buenos Aires, Formosa, La
Pampa y Salta, fueron designados para actuar funcionarios
judiciales -secretarios- (cf. Resoluciones del Consejo de la
Magistratura 331/14, 327/14 y 153/13 -prorrogado por
Resoluciones 55/13; 64/13 y 78/13 de la Presidencia de
órgano- y Acordada 3/0 9 de la Cámara Federal de Salta,
respectivamente). En Catamarca se nombró un abogado de la
matrícula federal (cf. Resolución del Consejo de la
Magistratura 103/06, prorrogada por Resolución 136/07
de la Presidencia de órgano), mientras que en Santa Cruz
actúa una conjueza designada en la nómina que refiere el art.
de la ley 26.376 (cf. decreto 520/2013 y Acordada
106/13 de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia).
Finalmente, en el caso de Misiones subroga, por licencia del
magistrado titular, la señora juez federal de Oberá (cf.
Resolución N° 1154/13 de la Cámara Federal de Posadas).-
La situación descripta, de por precaria,
se agrava en distritos que -como el de La Pampa- tienen, a su
vez, secretario electoral subrogante, por licencia de su
titular.-
En tal contexto, con respecto a los casos de
vacancia, esta Cámara ha puesto de manifiesto su seria
preocupación en reiteradas oportunidades, por la demora en
las designaciones para cubrir de modo definitivo los cargos
existentes (cf. Oficios N° 9305/13 -13 de noviembre de 2013-
y 3000/14 -16 de mayo de 2014- cursados a la Presidencia del
Consejo de la Magistratura).-
En particular, con motivo del próximo proceso
electoral, durante el año 2014 el Tribunal solicitó al
Consejo de la Magistratura que “arbitre los medios a su
alcance para la cobertura definitiva de los juzgados

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