Acordada 31/2009

Fecha de publicación25 Agosto 2009
Fecha de disposición25 Agosto 2009
SecciónAcordadas
Número de Gaceta31722
  1. La Declaración Jurada del Preceptor referida en el Criterio Nº 24, puede ser utilizada para la acreditación de la efectiva realización del entrenamiento, dentro del año de finalizado el mismo.

    Pasado ese lapso la certificación de la Declaración Jurada del Preceptor carecerá de validez para la tramitación del Permiso Individual.

  2. El solicitante debe acreditar ante la Autoridad Regulatoria haber aprobado un examen de Aptitud Psicofísica mediante certificado extendido por un Médico Examinador.

    D.3. RESPONSABILIDADES DEL TITULAR DE UN PERMISO INDIVIDUAL.

  3. El titular de un Permiso Individual debe cumplir con la normativa de la Autoridad Regulatoria referida a seguridad radiológica y protección física, así como al transporte seguro de materiales radiactivos.

  4. El titular de un Permiso Individual debe cumplir con los criterios correspondientes de la normativa específica de la Autoridad Regulatoria, que sea de aplicación a la operación de la instalación o a la realización de la práctica no rutinaria de que se trate.

  5. El titular de un Permiso Individual debe:

    1. Cumplir con los procedimientos establecidos para asegurar su propia protección, la de los demás trabajadores y la del público.

    2. Mantener actualizados sus datos personales ante la Autoridad Regulatoria.

    3. Suministrar toda la información sobre temas sujetos a regulación que le sea solicitada por personal de la Autoridad Regulatoria.

    4. Comunicar a la ARN en forma inmediata, la ocurrencia de sucesos que afecten o puedan afectar, la protección radiológica de las personas y la seguridad de la instalación.

    5. En caso de cumplir la función de Responsable, además de cumplir con lo requerido en la norma específica de operación de que se trate, debe informar por escrito a la Autoridad Regulatoria dentro de las veinticuatro (24) horas de producida, su renuncia o ausencia temporaria en tal función.

    D.4. VALIDEZ Y RENOVACION DE PERMISOS INDIVIDUALES 32. Los Permisos Individuales para Operadores de Gammagrafía Industrial tienen una validez máxima de tres (3) años supeditada a la validez que especifique el certificado de Aptitud Psicofísica de Operador extendido por el Médico Examinador, y tienen carácter intransferible.

  6. Para la renovación de un Permiso Individual, su titular debe presentar la correspondiente solicitud ante la Autoridad Regulatoria con sesenta (60) días de anticipación al vencimiento del permiso.

    Asimismo debe acreditar:

    1. Haber aprobado un...

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