Acordada 32/2020
Emisor | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,Acordadas |
Fecha de publicación | 02 Septiembre 2020 |
Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2020
Los Señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
1º) Que en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación, esta Corte tiene como competencia, establecer la previsión cualitativa y cuantitativa de las erogaciones consolidadas previstas para la jurisdicción para el próximo ejercicio presupuestario, a los efectos de su comunicación al Poder Ejecutivo Nacional, conforme lo dispuesto en el art. 1º de la Ley 23.853.
2º) Que en consecuencia y a fin de asegurar el cumplimiento de las necesidades de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, se han definido los requerimientos básicos que se refieren a aspectos físicos y financieros de las distintas áreas que la integran.
3º) Que se han realizado las previsiones de gastos teniendo en cuenta la proyección estimada de recursos, manteniendo de esta manera el equilibrio fiscal y preponderando el criterio de establecer los requerimientos de manera prudente y moderada, potenciando los recursos materiales y humanos de manera eficiente; fijándose –no obstante- los valores impostergables que aseguren el accionar de la justicia.
4º) Que el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía ha comunicado los “techos presupuestarios”, los que resultan insuficientes para el nivel de necesidades mínimas de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación.
5º) Que en materia de recursos humanos se ha previsto la cuantificación de los cargos existentes y necesarios de este Tribunal que conforman su estructura funcional y su recomposición en las distintas áreas, para atender las necesidades que surjan en función de los objetivos planteados.
6º) Que para las necesidades de bienes de consumo y servicios no personales se ha tenido en consideración la incidencia del aumento en el nivel general de precios y la atención de gastos correspondientes al proceso de mejora en la gestión judicial.
7º) Que se han incluido los montos necesarios para realizar inversiones en materia de equipamiento, base de datos, programas y sistemas.
8º) Que en el marco del programa de inversiones en infraestructura se han contemplado los montos necesarios para el reacondicionamiento, restauración, reciclado, mantenimiento y ampliación de la infraestructura existente, además de continuar con el plan de preservación y adecuación del Palacio de Justicia de la Nación, considerado monumento histórico nacional mediante Decreto Nº 349/99.
9°) Que resulta necesario incluir...
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