Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 7, 21 de Octubre de 2013, expediente 37993/11

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2013
EmisorSala 7

Poder Judicial de la Nación 37.993/2011

TS07D45891

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 45.891

CAUSA Nº 37.993/2011 - SALA VII - JUZGADO Nº 51

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 21 días del mes de octubre de 2013,

para dictar sentencia en estos autos: “A.F., J.I. c/

Insumos Servicomp s.a. s/ Despido” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

I-En estos autos se presenta el actor e inicia demanda contra I.S.S.A., para quien dice haberse desempeñado en relación de dependencia en las condiciones y las características que explica.

Señala que el 4 de febrero de 2001 firmó un contrato de trabajo en el cual se deja constancia que “…. Se extiende desde el día 07 de febrero de 2011 y se extinguirá sin necesidad de interpelación ni preaviso alguno el día de la finalización y/o realización de los trabajos mencionados en la cláusula primera…”. Surge del contrato glosado en el sobre (fs. 3) que los trabajos a realizar por el actor según la demandada eran para cubrir necesidades excepcionales y transitorias asistiendo a las tareas de implementación y puesta al día de la contabilidad de Insumos Servicomp S.A. y todas las tareas relacionadas que ayuden para la satisfacción del resultado concreto de obtener en el sistema contable propio la actualización de datos e información, ambos necesarios para la preparación de los Estados Contables de Insumos Servicomp S.A. de su ejercicio Contable Nº5 con fecha de cierre 30/06/11.

Denuncia que en modo intempestivo, la demandada le notificó su despido el 9/5/11 invocando que habían cesado los motivos de su contratación eventual.

Transcribe el intercambio telegráfico habido entre las partes.

Viene a reclamar las indemnizaciones por despido y demás rubros establecidas en las normativas vigentes.

A fs. 11/17 Insumos Servicomp S.A. contesta demanda,

donde niega todos y cada uno de los hechos salvo los expresamente reconocidos.

Da su versión de los hechos. Dice que el actor ingreso a trabajar bajo la modalidad de “eventual”. Afirma que realizó sus tareas hasta que la eventualidad que originara la contratación finalizara.

En la sentencia de primera instancia, que obra a fs.

122/128, tras el análisis de los elementos de juicio aportados a la causa, el “a quo” decide en sentido favorable a las pretensiones de la actora.

Hay apelación de la demandada (fs. 132/138) y actora (fs.

129/131).

II- Apelación parte demandada Se agravia el apelante y sostiene que el juez ha realizado una errada valoración...

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