Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Diciembre de 2003, expediente Ac 86026

Presidentede Lázzari-Negri-Roncoroni-Hitters-Pettigiani
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de //Plata, 29 de diciembre de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde L., Hitters, R., N., P.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa Ac. 86.026, "Abila, L.. Art. 96 inc. "f", ley 8031".

A N T E C E D E N T E S

La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Lomas de Z. confirmó la pena de 30 días de arresto y ciento veinte pesos de multa impuesta a L.A.A. por infracción al art. 96 inc. "f" del decreto ley 8031.

Se interpuesto, por la Defensora Oficial del causante, recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

Encontrándose la causa en estado de dictar sentencia definitiva, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Corresponde declarar de oficio la prescripción de la acción contravencional?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:

Al presente la acción contravencional se halla extinguida por prescripción, siendo ésta la única declaración que este Tribunal se encuentra habilitado para efectuar.

La Excma. Cámara consideró al procesado autor responsable de la infracción prevista en el art. 96 inc. "f" del dec. ley 8031/ 1973, habiendo transcurrido desde el fallo de la Cámara del 28 de febrero de 2002 un término superior a un año sin que se produjeran actos procesales que constituyan secuela de juicio.

Por lo expuesto debe declararse de oficio la prescripción de la acción contravencional respecto de L.A.A. en relación a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR