Abaca - Corregido

Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2005

De conformidad a lo ordenado a fs. 27/31, en los autos N°12.637, carat. ÂABACA, MAURO RUBEN P/ CONC. PREV.Â, Originario del Tercer Juzgado de Procesos Concursales y Registros, Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Dra. Estela Ines Politino, el Tribunal resolvió: 1°) Declarar la apertura del concurso preventivo de Mauro Rubén Abaca D.N.I. N° 12.663.151, con domicilio en calle Castelli 395, Godoy Cruz, Mendoza; el que tramitará conforme a las normas para los pequeños concursos (arts. 288; 289 y cc Ley 24522). 2°) Fijar el día 11 de noviembre de 2.005 a las diez y quince horas para que tenga lugar el sorteo de síndico, el que surgirá de la lista de categoría B (contadores). Notifíquese por cédula al Consejo Profesional de Ciencias Económicas en papel simple.- 3°) Fijar el día 26 de abril de 2.006 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al síndico (art. 32); pudiendo, los deudores y los acreedores que hubieran solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el 11 de mayo de 2.006 (art. 34) a efecto de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522. Intímase a la sindicatura a presentar dentro de cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del artículo 279 Ley 24522.- 4°) Fijar el día 08 de junio de 2.006 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe individual (art. 35) dictándose resolución de verificación el 23 de junio de 2.006 (art. 36).- 5°) Fijar el día 07 de agosto de 2.006 como fecha hasta la cual deberá la sindicatura presentar informe general que prescribe el art. 39 Ley 24.522; pudiendo los deudores y quienes hayan solicitado verificación presentar observaciones hasta el 22 de agosto de 2.006 (art. 40).- 6°) Fijar el día 07 de julio de 2.006 como fecha hasta la cual los deudores deberán presentar sindicatura y al juzgado propuesta de agrupamiento y clasificación en categorías de acreedores verificados y declarados admisibles (art. 41); dictándose resolución categorización el 05 de setiembre de 2.006 (art. 42). 7°) Fijar el día 06 de febrero de 2.007, como fecha hasta la cual los deudores gozarán del período de exclusividad del art. 43 Ley 24.522 y a los fines allí previstos, debiendo hacer pública su propuesta con...

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