Exp Nº 97, Fº 199 del 2005 - Partido Intransigente S/ Cumplimiento Obligaciones Arts. 7, 8, 54, 58 y Conc. Ley 25600 Elecciones de Diputados Nacionales del 23-10-2005

Fecha de disposición22 Octubre 2007
Fecha de publicación22 Octubre 2007
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31264

RESUELVO: 1) Aprobar el informe final presentado por el Partido Intransigente por la campaña electoral correspondiente a las elecciones de Diputados Nacionales celebradas el 23 de octubre del 2005, en el contexto de la auditoría practicada por la CPN Ester Isak del Cuerpo de Auditores Contadores dependiente de la Cámara Nacional Electoral. 2) Ordenar a las autoridades de la citada agrupación política que capitalicen y asuman plenamente las observaciones de orden formal y demás consideraciones efectuadas en la presente como forma de encauzar aquéllas en su administración contable en pro de un total y futuro apego a las prescripciones de la Ley 26215 --derogatoria de la 25600-- y sus normas complementarias. 3) Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Nación, por un (1) días, de la parte resolutiva de la presente sentencia y del informe final obrante a fs. 20/24. A tal efecto líbrese oficio. Regístrese, notifíquese por cédula al Partido Intransigente y al Ministerio Público Fiscal en su despacho y firme que se encuentre comuníquese adjuntando fotocopia certificada de la presente a la Cámara Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior a los fines que hubiere lugar. Oportunamente archívese.- Fdo: Dra. Mirta Susana FILIPUZZI - Juez Federal con Competencia Electoral Distrito de Río Negro.

SECRETARIA ELECTORAL NACIONAL, 10 de octubre de 2007.

GABRIELA B. GIACCHETTA SERAROLS, Secretaria Electoral Nacional, Distrito Río Negro.

Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.264 29Lunes 22 de octubre de 2007 e. 22/10/2007 Nº 560.815 v. 22/10/2007 PARTIDO JUSTICIALISTA Distrito Catamarca CARTA ORGANICA PARTIDARIA ADECUADA EN: Agosto de 2007

DECLARACION DE PRINCIPIO El Partido Justicialista no es una nueva organización política, es la herramienta jurídica, ajustada a la Ley Nº 23.298, de la inmensa mayoría del pueblo Argentino que irrumpió como trascendente fenomeno histórico en 1945 a inspiración del General Juan Domingo Perón.

Reconocemos hoy al Movimiento Nacional Justicialista en sus cuatros ramas: Política, Sindical,

Femenina y de la Juventud. Sus principios, los de la hora inicial, son los que han iluminado su marcha desde entonces. La adversidad, los sufrimientos, la proscripción; lo fortalecieron y lo adentraron aún más en el corazón del pueblo. La actual crisis del mundo señala con absoluta certeza que aquellos principios que signaron su camino, se adelantaron al correr de la historia.

En sus albores se dijo ya, con absoluta claridad: que el Movimiento Nacional Justicialista anhelaba firmemente la unidad del pueblo Argentino, manteniendo una real e íntegra soberanía de la Nación para cumplir sin desviaciones el mandato imperativo de sus tradiciones...

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