95.144-sifre Fabiana Carla S/quiebra Inc de Concurso Esp por Citibank Na-arlos Alberto Izaguirre Remata 3/05/07

EmisorRemates Judiciales
Fecha de la disposición26 de Abril de 2007

de Buenos Aires, Circ. IV; Secc. C; Mza. 46; Parc.16, Matrícula 46.275, construido sobre terreno con frente y contra frente de 47,16 mts y laterales de 62.93 mts. y 62,85 mts. Sup. 2.965,54 mts. tiene sobre la línea Municipal acceso vehicular y peatonal a playón que rodea el frente y laterales del edificio con construcciones para portería, vivienda de casero, comedor, galpón y taller, el edificio principal se compone de planta baja y dos pisos superiores con oficinas en cada planta, baños gerenciales y de personal en cada planta, cocina, sectores amplios de talleres y depósitos con tres montacargas y escaleras sobre el frente al medio y al fondo de las plantas.La superficie cubierta total es de aproximadamente 3.500 m2, todo en muy buen estado de conservación con daños propios del buen uso. El inmueble se encuentra ocupado sin acreditar carácter por Cooperativa de Trabajo Industria R.B.Ltda. BASE:$ 1.500.000; SEÑA: 30%, COMISIÓN: 3%; ARANCEL: 0,25%; SELLADO: 1%, todo a cargo del comprador en dinero en efectivo al contado y mejor postor en el acto de la subasta. Queda prohibida la compra en comisión así como la ulterior cesión del boleto de compraventa, haciéndose saber al martillero que la adjudicación y extensión del respectivo instrumento deberá recaer en la persona que realice la mejor oferta. El comprador deberá constituir domicilio en Cap. Federal, abonar el saldo de precio en el Banco Ciudad de Bs.As. Suc. Tribunales en cuenta que se abrirá al efecto, dentro del 5º día de aprobada la subasta, sin necesidad de notificación a los adquirentes ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlos postores remisos (art. 584 del C.P.). El bien se enajenará en el estado en que se encuentra, señalándose que habiéndoselo exhibido adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo. En caso de adeudarse expensas, tasas, impuestos o contribuciones, las que correspondan al periodo anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria; los impuestos inherentes al periodo comprendido entre la declaración de quiebra y las fechas de entrega de posesión serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas con la preferencia que corresponda; y las devengadas con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo de los adquirentes. La posesión se cumplirá dentro de los 10 días siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. En cuanto a la transmisión, dispónese que el eventual adquirente podrá proceder a...

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