Sentencia nº 18423 de Superior Tribunal de Justicia, 28 de Junio de 2022

Fecha de Resolución28 de Junio de 2022
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

Libro de Acuerdos Nº 7, Fº 894/895, Nº 223. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintidós, la Sala I Civil, Comercial y de Familia del Superior Tribunal de Justicia, integrada por los Señores Jueces Dres. L.N.L.G. (por habilitación) S.M.J. y F.F.O., bajo la presidencia del nombrado en primer término, vieron el Expte. Nº CF-18.423/22 “Recurso de Queja por R. y Denegación de Justicia interpuesto en el Expte. Nº C-151.618/2019 (Tribunal de Familia -Sala I- Vocalía Nº 3) Aumento de cuota alimentaría: De los R., A. V. c/ De los R., F.D.; del cual,

La doctora L.G. dijo:

A fs. 04/05, se presenta el Dr. M.Á.L., en nombre y representación de A. V. de los R., y formula queja por retardo y denegación de justicia en el Expte. Nº C-151.618/2019, “Aumento de cuota alimentaría: De los R., A. V. c/ De los R.F.D.; respecto al accionar de la Sra. Jueza de la Sala I, Vocalía Nº 3, del Tribunal de Familia, Dra. M.R..

Manifiesta que no cumplió con las obligaciones establecidas en el art. 25 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que dispone que los jueces y funcionarios deberán resolver o dictaminar todas las cuestiones que les fueran sometidas, en la forma y plazos establecidos.

Afirma que peticionó que se le diera un trámite urgente a la cuestión planteada ya que el padre de su mandante había dejado de pagar la Universidad.

Asegura que el Tribunal de Familia desoyó su pedido.

E. cumplidos los requisitos formales establecidos para este tipo de recurso y de conformidad al art. 545 y conc. del Código Procesal Civil, la Sra. Jueza, Dra. M.R., eleva el informe respectivo (fs. 10).

Relata -para una cabal comprensión del asunto- los antecedentes del caso.

Pone en conocimiento que la sentencia aclaratoria que motiva la queja, fue dictada en fecha 5 de abril de 2.022 y notificada el 06/04/22 –conforme...

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