REPRODUCE PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 24.522 - CONCURSOS Y QUIEBRAS -, RESPECTO A LA DISTRIBUCION DEL PRODUCIDO DE LA LIQUIDACION DE LAS QUIEBRAS Y DEL PLAZO PARA LA CADUCIDAD DEL COBRO. (REF. S. 2651/15)

Fecha de última tramitación20 de Junio de 2022
“2017‐AñodelasEnergíasRenovables”
(S-0148/17)
Buenos Aires, 1 de marzo de 2017
Señora
Presidente del H.
Senado de la Nación
Marta Gabriela MICHETTI
S / D
De mi mayor consideración
Me dirijo a Usted a efectos de solicitarle tenga a bien arbitrar los
medios pertinentes para la reproducción del expediente S-2651/15
proyecto de ley modificando la ley 24.522 – concursos y quiebras -,
respecto a la distribución del producido de la liquidación de quiebras y
del plazo para la caducidad del cobro, de mi autoría.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarla
atentamente.
Carmen Lucila Crexell. –
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 219 de la Ley 24.522 por el
siguiente:
“ARTÍCULO 219.- Notificaciones. Las publicaciones ordenadas en el
Artículo 218 pueden ser sustituidas por notificación personal o por
cédula a los acreedores, cuando el número de éstos o la economía de
gastos así lo aconseje. Con relación a los acreedores laborales,
deberán cumplirse en todos los casos por notificación personal o por
cédula en el domicilio constituido en el expediente”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 224 de la Ley 24.522 por el
siguiente:
“ARTÍCULO 224.- Dividendo concursal. Caducidad. El derecho de los
acreedores a percibir los importes que les correspondan en la
distribución caduca a los DOS (2) años contados desde la fecha de su
aprobación.
Con relación a los acreedores laborales, el plazo previsto en el párrafo
anterior será de CINCO (5) años a partir de la fecha de aprobación. El

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