Sentencia nº 157343 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6, 29 de Septiembre de 2021
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2021 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6 |
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-157.343/2020,
caratulado: "SUCESORIO AB INTESTATO: PANIAGUA, ROSA y REVOLLO
CASTRO, A. del que:
RESULTA:
Que a fs. 23/25 de autos, se presentan las DRAS. VICTORIA
DESTRI y DANA ROBLES, por constituido domicilio legal, por
parte en el carácter invocado, en nombre y representación de
los SRES. J.R.R., C.R.R., JOSE
REVOLLO, CARMEN ROSA REVOLLO, A.B.R., HECTOR
WILFREDO REVOLLO, C.D.R. y LAURA SEVERA
VIGABRIEL, y en tal carácter promueven juicio sucesorio del
SR. A.R.C. C.I. 104.141, fallecido el 19 de
DICIEMBRE del año 1.981, en PALPALA, DPTO. PALPALA, PROVINCIA
DE JUJUY, REPÚBLICA ARGENTINA y de la SRA. ROSA PANIAGUA
D.N.I. 4.261.757, fallecida el 15 de DICIEMBRE del año 2.004,
en PALPALA, DPTO. PALPALA, PROVINCIA DE JUJUY, REPÚBLICA
ARGENTINA.-
Que, mediante providencia de fs. 34 de autos, se tiene por
abierto el presente Juicio Sucesorio, se ordena la
publicación de los edictos respectivos y se ordena notificar
a los presuntos herederos SRES. M.R. y A.
REVOLLO.-
Que a fs. 35, la DRA. ROBLES y la DRA. DESTRI informan que el
SR. A.R. se encuentra sujeto a curatela a cargo
del SR. REVOLLO, C.D. de conformidad a lo dispuesto
en el Expte. B-142.393/05 caratulado: DECLARACION DE
INCAPACIDAD del Tribunal de Familia Vocalia Nº 4, y solicitan
se de debida participación al MINISTERIO PUBLICO.
Que a fs. 37, se ordena librar oficio al Tribunal de Familia
Vocalia Nº 4 referente al Expte. B-142.393/05 caratulado:
DECLARACION DE INCAPACIDAD a fin de que informe si el SR.
A.R. se encuentra declaro incapaz y manifieste
quien es la persona designada curador como así también la
clase de curatela que se dispone.
Que, a fs. 56/58 y fs. 67/69 de autos, obran los ejemplares
de publicaciones de edictos en el Diario "Pregón", y del
Boletín Oficial.-
Que a fs. 65, se encuentra acreditada recepción de carta
documento dando aviso al presunto heredero M.R. de
la apertura del pte. Juicio sucesorio, sin que a la fecha
haya comparecido en autos.
Que a fs. 77/78, el Tribunal de Familia Vocalia Nº 4 adjunta
testimonio de la declaración de incapacidad del SR. A.
REVOLLO donde se consigna curadora a la extinta ROSA PANIAGUA
Que a fs. 80, se corre VISTA al MINISTERIO PUBLICO DE LA
DEFENSA CIVIL – DIRECCION DE NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES E
INCAPACES de los presentes autos a los efectos que estime
corresponder y se intima a el SR. C.D.R. en la
persona de su apoderado a informar y adjuntar documentación
respaldatoria de su designación de...
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