Sentencia nº 151473 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala III de Provincia de Jujuy, de 23 de Junio de 2021

Fecha de Resolución23 de Junio de 2021
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala III

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los veintitres días del mes de junio de dos mil veintiuno, los Sres. Jueces de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Dres. A.M. LUZ CABALLERO, N.B.I. y, por habilitación, L.V.B., bajo la Presidencia de la primera de los nombrados, vieron el Expte. Nº C-151473/19, caratulado: “AMPARO: BARROS, MERCEDES ESTER y ROJAS, R.H.C.S., C.N.; CRUZ, I.B., A.T.V., M.A. Y CABRERA, G.B.P..

La Dra. A.M.L.C. dijo:

Dio inicio a la presente causa la acción de amparo promovida por MERCEDES ESTER BARROS y R.H. ROJAS con el patrocinio letrado del Dr. C.A. VACA en contra de D.N.S., I.C., A.T.B., M.A.V. y G.B.P.C..

Invocando el carácter de P. y Vicepresidente del Colegio de Podólogos de Jujuy piden los actores se ordene a las demandadas abstenerse de usar el nombre de la Institución y de concretar actos que impidan el ejercicio profesional de sus asociados.

Afirman que las accionadas fueron sus miembros pero renunciaron tras ser intimadas a regularizar el pago de deuda que mantenían en concepto de matrícula y cuotas.

Refieren que el Colegio fue creado por ley 5784 en el año 2013. Su organización estuvo a cargo de Fiscalía de Estado hasta el 29 de diciembre de 2014, cuando se eligieron las primeras autoridades. Dada la demora en el llamado a elecciones para el segundo período, el mandato de la primera Comisión se extendió hasta el 14 de mayo de 2017, de modo que el de la segunda Comisión duraría hasta el 29 de diciembre de 2019, a fin “de equiparar la fecha de la primera comisión” (sic). En ese segundo período fue elegida la coactora como P..

Denuncian que el 13 de mayo de 2019, las accionadas irrumpieron en la sede de la Institución a los gritos, amenazaron a la Comisión Directiva y se apropiaron ilegítimamente del libro de actas; más tarde y sin el aval del Colegio, llamaron a Asamblea Extraordinaria para el 19 de junio de ese año a fin de elegir autoridades. Formaron así un colegio paralelo usando indebidamente el nombre de la institución y desatendiendo lo dispuesto por la ley 5784. Incluso, presentaron documentación ilegítima ante el Instituto de Seguros de Jujuy con el que el Colegio tiene suscripto un convenio y actuaron en su nombre ante el Banco Macro.

M.A.V. fue intimada a restituir el libro de actas mas no lo hizo, por lo que el 10 de junio de 2019 habilitó la coactora uno nuevo libro. El hecho fue denunciado al Ministerio Público de la Acusación.

El libro sustraído fue presentado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR