Sentencia nº 174469 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 15 de Abril de 2021

Fecha de Resolución15 de Abril de 2021
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 15 días del mes de abril del año dos mil veintiuno, reunidos en dependencias de la Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Jujuy los doctores R.A.F. y D.J.C., bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº C-174.469/21 caratulado: “Amparo por mora: T.G.E. c/ Estado Provincial - Policía de la Provincia”, debiendo los señores Jueces emitir sus respectivos votos en el orden indicado.

Luego de la deliberación, la Dra. F. dijo:

Que en estas actuaciones, y en cuanto aquí resulta relevante, mediante presentación de fecha 15/03/21 el Sr. G.E.T., con patrocinio letrado del Dr. R.A.Q.C., promueve acción de amparo por mora en contra del Estado Provincial - Policía de la Provincia.

Pretende se declare la mora de la Administración Pública, y se dicte orden judicial de pronto despacho para que se expida en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento -para el caso de incumplimiento- de la aplicación de astreintes o condenaciones conminatorias progresivas.

  1. reseñar antecedentes, refiere que en fecha 14/06/2019 inicia reclamo para obtener el pago de licencias anual u ordinaria adeudadas –no usufructuadas- por los períodos 2015, 2016, 2017 y 2018.

Que por Resolución Nº 2465-DP/19 el Sr. Jefe de Policía rechaza la pretensión, que tramitara por expediente Nº 380-DP/19 relacionado con expediente Nº 172-T/19.

Que contra dicha resolución se interpone recurso de revocatoria en fecha 23/11/19, y a pesar de instar el trámite y los requerimientos de pronto despacho, no obtuvo respuesta alguna.

Replica argumentos, dice de la mora de la Administración y la procedencia de la acción, cita derecho, ofrece pruebas y por último peticiona.

Que conferido traslado de la demanda, la que, conforme las disposiciones de la Acordada del S.T.J. N° 27/2020, debía contestarse por escrito, se presenta el Dr. E.A.B., en representación del Estado Provincial, a mérito de instrumento que en copia juramentada adjunta, para oponerse a su progreso. Con costas.

Luego de una negativa general y varias en particular, señala que el Sr. T. inicia reclamo para obtener el pago de licencias anual y ordinarias por los períodos 2015, 2016, 2017 y 2018, al cual se le dio curso en expediente Nº 3780-DP/19 relacionado con el expediente 172-T/19. En esa oportunidad, se dicta la Resolución Nº 2465-DP/19, que rechaza el pedido realizado.

Que a raíz de ello, interpone recurso de revocatoria en contra de...

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