Sentencia nº 114665 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 26 de Octubre de 2020
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2020 |
Emisor | Tribunal en lo Contencioso Administrativo |
Autos y Vistos:
Las constancias de este Expte. Nº C-114.665/18, caratulado:
Ordinario Escrito - Empleo Público: V.C.E.
c/Estado Provincial - Dirección Provincial de Recursos
Hídricos
, y
Considerando:
Que en fecha 17/12/18 se hace lugar a la demanda por cobro de
pesos deducida por la abogada A.K.N. en
representación del Sr. C.E.V., y se condena
al Estado Provincial a abonar al actor la bonificación
correspondiente a la aplicación del artículo 9 inc. b) del
CCT Nº 36/75, con más el dos por ciento (2%) por cada año de
servicio que exceda de los cinco primeros, la que deberá ser
determinada por un perito, tomando como fecha de ingreso del
agente el día 05/09/82, tal como surge del informe de la
situación del Sr. V.F.R. emitido por el J. de
la División Recursos Humanos de la Dirección de Recursos
Hídricos del Expte. Administrativo Nº 0613-279/15 y de la
copia del Legajo Nº 2038, a la que se le aplicará el interés
de la tasa activa cartera general préstamos nominal anual
vencida a treinta días del Banco Nación Argentina, conforme
sentencia registrada en L.A. 54 Nº 235; y se ordena librar
oficio a Superintendencia del Poder Judicial de la Provincia
de Jujuy a los fines de que indique qué perito contador
corresponde designar en autos.
Que en fecha 11/03/20 se designa al perito C.P.N. Enrique
Gabriel Abud, quien se recibe del cargo por ante el Actuario
en fecha 11/03/20 y produce el informe pericial ordenado en
fecha 26/05/20, que asciende a la suma de pesos quinientos
treinta y dos mil doscientos diecinueve con cinco centavos ($
532.219,05), el cual fue puesto a conocimiento de las partes
en fecha 26/05/20.
Que en fecha 03/06/20 la parte actora observa el informe
pericial de fecha 26/05/20, de lo cual se confirió vista a la
demandada y al C.P.N. E.G.A. en fecha 08/06/20.
Que en fecha 13/08/20 el perito contesta la vista conferida y
emite una nueva planilla de liquidación que asciende a la
suma de pesos seiscientos veintisiete mil novecientos quince
con setenta y dos centavos ($ 627.915,72), el cual fue puesto
a conocimiento de las partes en fecha 13/08/20.
Que en fecha 01/10/20 se aprueba la planilla de liquidación
practicada en fecha 13/08/20 en todas sus partes y sin
perjuicio de terceros (art. 505 del C.P.C.); y en
consecuencia se intima a la demandada a que deposite la suma
de pesos seiscientos veintisiete mil novecientos quince con
setenta y dos centavos. ($ 627.915,72) en concepto de capital
en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento...
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