Sentencia nº 161578 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 26 de Octubre de 2020
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2020 |
Emisor | Tribunal en lo Contencioso Administrativo |
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes
de octubre del año dos mil veinte, reunidos en dependencias
de la Sala II del Tribunal en lo Contencioso Administrativo
de la Provincia de Jujuy los Jueces F.R.P. y
S.D., bajo la presidencia del nombrado en primer
término, vieron el Expediente Nº C-161.578/20, caratulado:
A.P.: A.R.F. c/Municipalidad
de La Quiaca
, el que se encuentra en estado de dictarse
sentencia definitiva, por lo que proceden a votar en el orden
indicado.
Luego de la deliberación, el juez P. dijo:
-
En fecha 12/06/20 se presenta la Sra. Renee Fabiola
Arismendi, DNI. Nº 34.635.240, con el patrocinio letrado del
abogado R.C.A.L., y deduce amparo en
contra de la Municipalidad de La Quiaca, por el cual solicita
se ordene a la demandada mantenerle la situación de revista
dentro del escalafón administrativo que ostentaba antes del
Memorándum N° 13.938 de fecha 13/12/19, por la cual se le
asigna tareas de limpieza o maestranza.
Al relatar los antecedentes que hacen a su pretensión,
sostiene que se desempeña como agente de planta Permanente en
la Municipalidad de La Quiaca desde hace ocho años como
personal administrativo,
Agrega que de acuerdo con las constancias de su legajo
personal, el tratamiento médico que lleva cotidianamente
desde el año 2016 le impide realizar tareas insalubres.
Asevera que en fecha 13/12/19 fue notificada mediante
Memorándum Nº 13.938, emitido por la Dirección de Personal de
la Municipalidad, por el cual se le comunica que a partir de
su notificación debería prestar servicios en limpieza, por lo
que deduce recurso de revocatoria.
Manifiesta que en fecha 14/12/19 se presenta en el galpón de
limpieza urbana, ante el encargado del área, a quien puso en
conocimiento que, conforme al tratamiento médico que lleva
adelante desde hace años y de acuerdo con prescripciones
médicas, no puede realizar tareas insalubres, a lo que le
indicaron que “agarre una escoba y empiece a barrer“, que
hace meses ya tiene su sector para limpiar
.
Señala que ante esta temeraria actitud por parte la actual
Administración, realiza formalmente la denuncia en contra del
responsable Intendente de la Municipalidad.
Indica que en fecha 27/12/19 se le notifica de la Resolución
de la Dirección de Personal de la Municipalidad de La Quiaca,
por la cual se ratifica lo dispuesto mediante memorándum N°
13.938 y se rechaza el recurso de revocatoria planteado, por
lo que se presenta el día 02/01/20 a fin de que le indiquen
las funciones a cumplir, a lo que le ordenan cumplir
funciones como la primera y única mujer “sereno” en la
historia del Municipio.
Afirma que esta situación le ha producido un menoscabo en su
salud, que se encuentra expuesta a las adversas condiciones
climáticas durante seis horas de manera ininterrumpida, por
...
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