Sentencia nº 161578 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 26 de Octubre de 2020

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2020
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes

de octubre del año dos mil veinte, reunidos en dependencias

de la Sala II del Tribunal en lo Contencioso Administrativo

de la Provincia de Jujuy los Jueces F.R.P. y

S.D., bajo la presidencia del nombrado en primer

término, vieron el Expediente Nº C-161.578/20, caratulado:

A.P.: A.R.F. c/Municipalidad

de La Quiaca

, el que se encuentra en estado de dictarse

sentencia definitiva, por lo que proceden a votar en el orden

indicado.

Luego de la deliberación, el juez P. dijo:

  1. En fecha 12/06/20 se presenta la Sra. Renee Fabiola

    Arismendi, DNI. Nº 34.635.240, con el patrocinio letrado del

    abogado R.C.A.L., y deduce amparo en

    contra de la Municipalidad de La Quiaca, por el cual solicita

    se ordene a la demandada mantenerle la situación de revista

    dentro del escalafón administrativo que ostentaba antes del

    Memorándum N° 13.938 de fecha 13/12/19, por la cual se le

    asigna tareas de limpieza o maestranza.

    Al relatar los antecedentes que hacen a su pretensión,

    sostiene que se desempeña como agente de planta Permanente en

    la Municipalidad de La Quiaca desde hace ocho años como

    personal administrativo,

    Agrega que de acuerdo con las constancias de su legajo

    personal, el tratamiento médico que lleva cotidianamente

    desde el año 2016 le impide realizar tareas insalubres.

    Asevera que en fecha 13/12/19 fue notificada mediante

    Memorándum Nº 13.938, emitido por la Dirección de Personal de

    la Municipalidad, por el cual se le comunica que a partir de

    su notificación debería prestar servicios en limpieza, por lo

    que deduce recurso de revocatoria.

    Manifiesta que en fecha 14/12/19 se presenta en el galpón de

    limpieza urbana, ante el encargado del área, a quien puso en

    conocimiento que, conforme al tratamiento médico que lleva

    adelante desde hace años y de acuerdo con prescripciones

    médicas, no puede realizar tareas insalubres, a lo que le

    indicaron que “agarre una escoba y empiece a barrer“, que

    hace meses ya tiene su sector para limpiar

    .

    Señala que ante esta temeraria actitud por parte la actual

    Administración, realiza formalmente la denuncia en contra del

    responsable Intendente de la Municipalidad.

    Indica que en fecha 27/12/19 se le notifica de la Resolución

    de la Dirección de Personal de la Municipalidad de La Quiaca,

    por la cual se ratifica lo dispuesto mediante memorándum N°

    13.938 y se rechaza el recurso de revocatoria planteado, por

    lo que se presenta el día 02/01/20 a fin de que le indiquen

    las funciones a cumplir, a lo que le ordenan cumplir

    funciones como la primera y única mujer “sereno” en la

    historia del Municipio.

    Afirma que esta situación le ha producido un menoscabo en su

    salud, que se encuentra expuesta a las adversas condiciones

    climáticas durante seis horas de manera ininterrumpida, por

    ...

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