Sentencia nº 15640 de Superior Tribunal de Justicia, 14 de Octubre de 2020

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2020
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

Libro de Acuerdos Nº 5, Fº 955, Nº 228. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veinte, reunidos los Señores Jueces de la Sala I Civil y Comercial y de Familia, del Superior Tribunal de Justicia, doctores B.E.A., S.M.J. y Clara Aurora De Langhe de Falcone, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. N° CF-15.640/19 caratulado: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B-175.837/2007 (Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II- Vocalía 6) Daños y perjuicios: S.I.A. c/ C.A., del cual:,

Consideraron:

Que, a fs. 103/vta. se presenta la Dra. M.I.H. y deduce aclaratoria en contra de la sentencia emitida por este Superior Tribunal de Justicia el 04/09/20 (L.A. Nº 5, Fº 607/613, Nº 155; fs. 95/101 vta.).

Solicita se formule aclaración respecto al agravio referido a la aplicación del principio de la reparación integral, al considerar que los términos y antecedentes jurisprudenciales utilizados por este Alto Tribunal, son de carácter general y carecen de una debida fundamentación.

Asimismo expresa que se omitió que su mandante no estaría obligada al pago de costas y gastos judiciales hasta tanto mejore de fortuna, por cuanto le fue otorgado el beneficio de justicia gratuita definitivo.

Analizado el planteo...

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