Sentencia nº 145832 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 24 de Agosto de 2020
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2020 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7 |
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 DE AGOSTO DE
2020.
ENCABEZAMIENTO
El Expte. N° C-145.832/19, caratulado “SUCESORIO ABINTESTATO:
AYARDE GONZALEZ, PRIMITIVO” del que resulta,
A hojas 17/19 se presenta la Dra. V.V.Q. en
nombre y representación de R.D.A. DNI
N°23.167.820, solicitando la apertura de la Sucesión de
PRIMITIVO AYARDE GONZALEZ DNI N°92.031.180, viudo, fallecido
en fecha 20 de agosto del 2019, en la Ciudad de San Salvador
de Palpalá, D.. Palpalá, Provincia de Jujuy, República
Argentina.-
H. dado cumplimiento a lo prescripto los Arts. 435
y 436 del C.P.C; a hojas 26 se declara abierta la sucesión
del causante y se ordena la correspondiente publicación de
edictos.-
A hoja 37/40, se agregan los edictos publicados en el
Boletín Oficial y en el diario “Pregón”.-
A hojas. 64 se presenta el Dr. J.G.L. en
nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR
DE JUJUY, invocando la calidad de acreedor.-
A hojas 50 se fija fecha para la audiencia prevista por el
Art. 437 del Código Procesal Civil de la Provincia; la que no
es llevada a cabo en razón de resoluciones dictadas por el
Superior Tribunal de Justicia a través de las cuales adoptó
una serie de medidas en el marco de la emergencia sanitaria
establecida en virtud de la pandemia declarada por la OMS en
relación con el coronavirus (COVID19), resolviendo entre
otras cosas, declarar inhábil el día 17 de marzo (resolución
del PSTJ N 5) y a partir de la ACORDADA N° 22/2020 del
16/03/2020, ordenando el receso judicial y disponer a través
de tales normas, la suspensión de plazos procesales entre el
período que comprende entre el 18 de marzo y el 3 de mayo del
corriente año, fijándose en consecuencia nueva fecha de
audiencia a hojas 66, y que fuera llevada a cabo el día
18/05/2020 con el comparendo de la Dr. V.V.Q.,
de conformidad a lo previsto por el Art 9 de la Acordada
27/2020.-
Corrida vista al Ministerio Público de la Defensa Civil a
hojas 70 dictamina que atento al estado del proceso,
considera que S.S. puede dictar Declaratoria de Herederos.-
FUNDAMENTOS
Con el acta de defunción obrante a hojas 03 se acredita el
fallecimiento de PRIMITIVO AYARDE GONZALEZ DNI N°92.031.180,
viudo, acaecido el 20 de agosto del 2019 en la Ciudad de San
Salvador de Palpalá, D.. Palpalá, Provincia de Jujuy,
República Argentina. -
Con el acta de nacimiento obrante a hojas 04 se acredita la
vocación hereditaria de R.D.A..-
A hojas 05 obra testimonio de...
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