Sentencia nº 145832 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 24 de Agosto de 2020

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2020
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 DE AGOSTO DE

2020.

ENCABEZAMIENTO

El Expte. N° C-145.832/19, caratulado “SUCESORIO ABINTESTATO:

AYARDE GONZALEZ, PRIMITIVO” del que resulta,

ANTECEDENTES

A hojas 17/19 se presenta la Dra. V.V.Q. en

nombre y representación de R.D.A. DNI

N°23.167.820, solicitando la apertura de la Sucesión de

PRIMITIVO AYARDE GONZALEZ DNI N°92.031.180, viudo, fallecido

en fecha 20 de agosto del 2019, en la Ciudad de San Salvador

de Palpalá, D.. Palpalá, Provincia de Jujuy, República

Argentina.-

H. dado cumplimiento a lo prescripto los Arts. 435

y 436 del C.P.C; a hojas 26 se declara abierta la sucesión

del causante y se ordena la correspondiente publicación de

edictos.-

A hoja 37/40, se agregan los edictos publicados en el

Boletín Oficial y en el diario “Pregón”.-

A hojas. 64 se presenta el Dr. J.G.L. en

nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR

DE JUJUY, invocando la calidad de acreedor.-

A hojas 50 se fija fecha para la audiencia prevista por el

Art. 437 del Código Procesal Civil de la Provincia; la que no

es llevada a cabo en razón de resoluciones dictadas por el

Superior Tribunal de Justicia a través de las cuales adoptó

una serie de medidas en el marco de la emergencia sanitaria

establecida en virtud de la pandemia declarada por la OMS en

relación con el coronavirus (COVID19), resolviendo entre

otras cosas, declarar inhábil el día 17 de marzo (resolución

del PSTJ N 5) y a partir de la ACORDADA N° 22/2020 del

16/03/2020, ordenando el receso judicial y disponer a través

de tales normas, la suspensión de plazos procesales entre el

período que comprende entre el 18 de marzo y el 3 de mayo del

corriente año, fijándose en consecuencia nueva fecha de

audiencia a hojas 66, y que fuera llevada a cabo el día

18/05/2020 con el comparendo de la Dr. V.V.Q.,

de conformidad a lo previsto por el Art 9 de la Acordada

27/2020.-

Corrida vista al Ministerio Público de la Defensa Civil a

hojas 70 dictamina que atento al estado del proceso,

considera que S.S. puede dictar Declaratoria de Herederos.-

FUNDAMENTOS

Con el acta de defunción obrante a hojas 03 se acredita el

fallecimiento de PRIMITIVO AYARDE GONZALEZ DNI N°92.031.180,

viudo, acaecido el 20 de agosto del 2019 en la Ciudad de San

Salvador de Palpalá, D.. Palpalá, Provincia de Jujuy,

República Argentina. -

Con el acta de nacimiento obrante a hojas 04 se acredita la

vocación hereditaria de R.D.A..-

A hojas 05 obra testimonio de...

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