Sentencia nº 229696 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 12 de Agosto de 2020

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2020
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B- 229696/10, caratulado: "INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE PARTIDA de NACIMIENTO, solicitado por: M.J.S. y P.F.G..

= = = = = = = = = = = C O N S I D E R A N D O = = = = = = = = = = = = = = Que a fs. 16 de autos, se presenta el Dr. R.G.C., en nombre y representación de la Sra. P.F. GUERRA Y M.J.S., y en tal carácter promueven Información Sumaria tendiente a rectificar la respectiva acta de nacimiento de su hijo menor de edad. - - -

= = = Que de la prueba instrumental presentada, surge que deberá ordenarse la rectificación de la documentación obrante a fs. 02/15 ---------------------------------------------

= = = Que no siendo el Dictamen Fiscal vinculante a fs. 30 y habiendo el Registro Civil, expresado su opinión favorable al progreso de la acción planteada.------------------------------

= = = Que por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, ------------------------------- = = = = = = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = == = = = = = = = = = = = =

= = = 1) Aprobar en todas sus partes la presente Información Sumaria, en consecuencia ordenar la rectificación...

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