Sentencia nº 126019 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 5 de Abril de 2019
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2019 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14 |
///SALVADOR DE JUJUY, 05 de abril de 2019.-
AUTOS Y VISTOS: El presente EXPTE. N° C-126.019/18,
caratulado: "DESALOJO ANTICIPADO: SAEZ, G.O. C/
ROBLES, F.M.;Y., C.", y
C O N S I D E R A N D O :
A fojas 22 se presenta el Sr. G.O.S., con el
patrocinio letrado de la Dra. C.P., promoviendo
juicio de desalojo en contra de los Sres. FEDERICO
MAXIMILIANO ROBLES, DNI. Nº 35.931.906 y C.Y.,
DNI. Nº 14.374.012.-
Manifiesta, que en virtud del contrato de locación
realizado en instrumento privado de fecha 18 de diciembre de
2017, dio en locación la vivienda a los demandados quienes
solo cumplieron con el pago del mes de Diciembre.
Actualmente se encuentra en cesación de pago desde el mes de
marzo/17 hasta la fecha, tras reiteradas intimaciones y
pedidos, los demandados se negaron a restituir el inmueble,
habiendo cesado a la fecha todo pago, tanto de alquileres,
expensas comunes y servicios, que son abonados por su parte
con el consiguiente deterioro a su patrimonio.-
Ofrece prueba, cita derecho y solicita se haga lugar a lo
solicitado, ordenando el desalojo de la vivienda sita en
calle L.N. 261, D.. 3 “C” de ésta Ciudad y su
restitución a su legítimo propietario.-
Sustanciado el presente proceso a fojas 26 de autos, se
corre traslado de la demanda a los accionados.-
Que, tanto la notificación de los demandados (fojas 34/34
vta.) y mandamiento para establecer el estado de ocupación
del inmueble objeto de la presente (fojas 38/38 vta.),
resultan negativos, porque el mismo permanece cerrado,
conforme lo informa el Sr. Oficial de Justicia y dichos de
sus vecinos.-
A fojas 30 y 31 el Administrador del Edificio, comunica a
la letrada del actor que el locatario del inmueble sito en
calle L.N. 261/67P. 3ro. D.. “C”, no habita desde
el mes de diciembre/2018, no pudiendo ingresar al mismo para
su mantenimiento y desinfección; informando que procedieron
al corte de luz y gas por falta de pago, no abonando tampoco
la Expensas Comunes desde el mes de Enero 2018. Con fecha 06
de marzo de 2019, solicita con carácter de urgente la
reparación de caños, atento a que están produciendo humedad
en el departamento de la Sra. O.A. de C..-
A fojas 39 la actora solicita sentencia.-
Que, si bien la cuestión planteada se ha iniciado como un
Juicio de Desalojo Anticipado, de las pruebas aportadas en
autos, surgen que los accionados han efectuado el abandono
del inmueble locado, habiéndose disuelto el Contrato de
Locación por Abandono. Por lo que la cuestión de fondo devino
en...
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